Prohíben a comunicador hablar sobre familia Vielma

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La instancia judicial acordó medidas de protección y seguridad a favor Vielma y de sus familiares como ladefinitiva supresión ó borronamiento (SIC) de la totalidad de los mensajes relacionados con la ciudadana Karla Margarita Jiménez de Vielma y de los integrantes de su familia”.  También se prohibió al comunicador “llevar a cabo actos de intromisión por sí o por interpuesta persona y en cualquier medio o plataforma de comunicación que vulnere el derecho de la ciudadana Karla Margarita Jimenez de Vielma y de los integrantes de su familia”.

De acuerdo con esta decisión, firmada por la Jueza Peggy María Pacheco de Araque, Acevedo debería borrar de su cuenta de Twitter @SaulAcevedo cualquier información que se relacione con la esposa del gobernador y su familia, incluyendo al primer mandatario regional. Además deberá abstenerse de hacer comentarios aludiendo a las mencionadas personas que de alguna manera pudiera ofenderles.

De acuerdo con la información recibida por Espacio Público, los mensajes por los cuales se tomó esta decisión son unas fotografías difundidas por Acevedo, el día 5 de mayo, a través de su cuenta de Twitter en las cuales muestra al gobernador y si esposa vestidos con franelas de los personajes de caricatura Capitán América y la Mujer Maravilla. Al lado de estas fotos, están otras en donde aparecen protestando en contra del decreto del Presidente de los Estados Unidos en los cuales se acuerdan sanciones a determinados venezolanos.

En este caso se evidencia la censura judicial, que constituye una de las formas a través de las cuales se restringe indebidamente la libertad de expresión, lo cual constituye un acto de censura previa. Además, los estándares internacionales de derechos humanos establecen que las personas que ejercen funciones públicas están sujetas a un mayor escrutinio por parte de la población y deben ser, por tanto, más tolerantes a la crítica.

El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas indicó que: “en el debate público sobre figuras políticas y de las instituciones públicas a efectos del Pacto es sumamente importante que la expresión pueda tener lugar sin inhibiciones. Por lo tanto, el simple hecho de considerar que una declaración insulta a una figura pública no basta para justificar la imposición de sanciones (…).Además, todas las figuras públicas, incluso las que ejercen los cargos políticos de mayor importancia, como los Jefes de Estado o de Gobierno, pueden ser objeto legítimo de críticas y oposición política”[1].

Es necesario resaltar que en este caso, las críticas de Acevedo se realizan por las funciones públicas que ejercen el Gobernador y su esposa por las implicaciones de éstos en las sanciones del gobierno de los Estados Unidos. Acevedo insiste en que en ningún momento estas críticas son realizadas en razón del género de Karla de Vielma, razón por la cual el tribunal realiza un uso abusivo de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Fuente:

Información levantada por Espacio Público


[1] Observación 34 del Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.

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