TSJ confirma sentencia contra El Nacional

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este 18 de agosto como  «no ha lugar» la solicitud de la defensa de El Nacional por la sentencia que obliga al diario a pagar una indemnización de 30,05 millones de dólares por “daño moral” a Diosdado Cabello.

La decisión N°0302, de la Sala Constitucional afirmó que al establecer el monto a pagar “dio un acertado uso a los criterios jurisprudenciales que debían aplicarse para la resolución del caso del que entró a conocer no pudiendo detectarse que en este veredicto se haya violentado la confianza legítima y expectativa plausible de las partes en litigio del juicio principal y así se deja establecido”.

Recordemos que El Tribunal Cuarto del Área Metropolitana de Caracas ordenó la medida de embargo ejecutivo contra la sede del diario, el pasado viernes 14 de mayo.

En ese entonces, varios funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana tomaron la sede del diario ubicada en Los Cortijos, Caracas, y pegaron la orden de embargo en una de las ventanillas de la caseta de vigilancia que permanecía vacía al igual que el resto del lugar.

El caso contra El Nacional comenzó el 11 de agosto de 2015, luego de que Cabello denunciara al medio de comunicación social por una réplica de información del diario ABC de España, que señalaba que Cabello tenía vínculos con el narcotráfico.

Reproducir información no es delito

El caso de El Nacional se sostiene bajo la doctrina del reporte fiel, es decir, no se genera ningún tipo de responsabilidad por difundir información de otros medios. Esta doctrina se ha desarrollado en los países democráticos en la búsqueda del derecho ciudadano a informar y a estar informado, sobre todo sobre asuntos de interés público.    

Sin embargo, Diosdado Cabello actuó en sentido contrario al acusar de difamación agravada continuada a 22 directivos de El Nacional, Tal Cual y La Patilla, por hacerse eco de las noticias publicadas por el diario español ABC que vinculan al funcionario con el tráfico de drogas. 

La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció que sancionar a un periodista por ayudar a la diseminación de las afirmaciones realizadas por otra persona o disponibles en la prensa extranjera, es una amenaza seria a la contribución de la prensa a la discusión de temas de interés público.

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