Situación general del derecho al acceso a la información pública enero – marzo 2022

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Para el primer trimestre de 2022, Espacio Público entregó 15 solicitudes de información pública a entes del Estado; de las cuales nueve de éstas las entregó de manera presencial, cuatro en línea y las otras dos no se las recibieron.

Gráfico: Espacio Público

De las 13 solicitudes de información recibidas, tanto presenciales como en línea, solo una le respondieron, y de manera inadecuada.

Esto demuestra que a pesar de que la asamblea nacional promulgó una normativa de transparencia y acceso a la información de interés público, la opacidad sigue siendo parte de la política sistemática en el país.

Problemáticas que requieren de mayor información pública por parte del Estado

Entre unas de las temáticas que mayor resaltan en este primer trimestre está la situación de las políticas legislativas; política exterior, salud, ambiente, electricidad y esclavitud moderna.

En cuanto a la situación de salud, se observa que la situación de la COVID-19 sigue siendo de interés público; en específico con relación a la llegada al país de nuevas vacunas en marzo, por medio de la plataforma de acceso global Covax.

Foto: AP

La deforestación en Venezuela es un tema preocupante en términos ambientales. En cuanto al arco minero, se preguntó con relación al impacto de la deforestación en esta zona geográfica y las políticas del Estado venezolano para mitigarlo. 

La deforestación también preocupa a nivel local, en los municipios de Caracas. Para enero de 2022, comenzó a presentarse una política de deforestación por parte de las alcaldías del área metropolitana de Caracas. Por lo cual, Espacio Público impulsó peticiones de información a la Alcaldía de Libertador, Chacao y Baruta.  

En materia legislativa se promulgaron dos leyes a inicios de 2022. Espacio Público realizó sus respectivas solicitudes de información a la asamblea nacional. La primera es la Ley de Impuestos a las Grandes Transacciones Financieras; y la segunda es la Ley de la Comisión para la Garantía de Justicia y reparación de las Víctimas de Delitos Contra los Derechos Humanos. 

En estas dos solicitudes, nunca se obtuvo respuesta alguna y hasta el 15 de abril de 2022 existen muchas dudas y confusiones respecto al contenido y aplicación de estas normas. 

Sobre la política exterior, las solicitudes estaban dirigidas a las reuniones que se celebraron entre los representantes diplomáticos de Estados Unidos y funcionarios del Estado venezolano. En estas tampoco hubo respuesta a las solicitudes. 

Por último, se entregaron solicitudes de información al Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz; al Ministerio Público y al Ministerio de Relaciones Exteriores en materia de esclavitud moderna. Se preguntaron los datos que tiene el Estado venezolano en cuanto a este tema y las políticas que están ejecutando para enfrentar la problemática. 

De todas estas solicitudes de información, ninguna ha sido respondida por las autoridades competentes. 

Falta de acción por parte de Corpoelec en las comunidades

Hay un caso de relativo éxito en materia de acceso a la información pública en el estado Mérida: hubo respuesta oportuna por parte de la estatal Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec); aún cuando la misma no fue adecuada debido a que no estuvo completa.

La comunidad de Carlos Sánchez, ubicada en el municipio Campo Elías del estado Mérida, estuvo en un espacio de formación de “El Pueblo Pregunta” el 20 de febrero de 2022. Ese mismo día surgió una solicitud de información a Corpoelec con relación al cronograma y el plan de mantenimiento del sistema eléctrico en el sector; el esquema de racionamiento y el suministro de bombillos por parte de la empresa.

El 23 de febrero miembros de la comunidad entregaron la respectiva petición ante el Departamento de Servicio de Mantenimiento, de Corpoelec, en el municipio Libertador de la región. Un Supervisor del Servicio de Mantenimiento del departamento los atendió y le expusieron la situación del servicio en la comunidad y los motivos de la solicitud de información. 

En esta reunión los trabajadores de Corpoelec comentaron que el trabajo en la comunidad se demoraría aproximadamente quince días porque estaban haciendo una serie de instalaciones de lámparas en los túneles de acceso a El Vigía, de la ciudad de Mérida. Los mismos comunicaron que avisarían por medio de mensaje de texto cuándo comenzarán los trabajos en la comunidad. 

Asimismo, el supervisor comentó que la empresa no cuenta con el equipo necesario para realizar el trabajo de mantenimiento preventivo y correctivo para solucionar el problema del servicio a los habitantes; que solo disponían de un vehículo y los días martes y jueves para realizar visitas de inspección. Por esta razón, les presentaron dos alternativas:

  1. Que la comunidad asuma los costos de los repuestos de los equipos averiados, solicitados por la empresa, previa inspección de los funcionarios competentes. Luego de esto, deben ser entregadas a los funcionarios para que reparen e instalen los equipos necesarios. 
  2. Que luego de la inspección realizada por los técnicos de la institución, la comunidad debe esperar a que Corpoelec sea dotada con los equipos requeridos y, de acuerdo a la lista de espera, realicen la correspondiente inspección. 

Este caso demuestra que aún promulgada una “ley” de transparencia en Venezuela, continúan importantes fallas en cuanto a la garantía del derecho y la aplicación de la misma. 

Marco teórico metodológico 

Para el registro diario de las solicitudes de información se toma en cuenta los acontecimientos de interés público que se pueden percibir como más relevantes en la cotidianidad venezolana. 

Estos eventos son de distintos temas: derechos humanos, política, economía, sociales, culturales, etc. Por otro lado, también se registra con base en las problemáticas que se experimentan en las comunidades y sus avances. 

Al elegir la temática y asunto en específico, se procede a redactar la solicitud de información. Se entrega al ente u órgano correspondiente y se registra en la base de datos considerando las siguientes variables; fecha de entrega y vencimiento de la primera solicitud y su insistencia; si la entrega fue presencial o en línea, o si la misma no fue recibida; si hubo silencio administrativo, respuesta positiva, inadecuada, parcial o si la petición la refirieron a otro organismo. 

Estos datos permiten identificar ciertos patrones del derecho al acceso a la información pública; por ejemplo, si las solicitudes son recibidas por los organismos públicos y en el caso contrario, precisar los comportamientos de las autoridades al no recibirlas. De igual manera se precisa si responden de manera oportuna, es decir, dentro de los 20 días hábiles que establece la ley, o adecuada; que responden de manera integral y completa con relación a las preguntas formuladas. 

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