En Venezuela no existen políticas efectivas para garantizar el derecho, el 40% de las solicitudes de información pública no fueron recibidas; además las autoridades y funcionarios/as tienden a negar la información de manera injustificada. La nueva ley de transparencia formalizó la opacidad al exigir motivos específicos para las peticiones, lo que contraría estándares internacionales de protección para el acceso a la información.
En 2021 realizamos 105 peticiones de información: 61 fueron recibidas en físico, seis en línea, mientras que 38 no fueron aceptadas por motivos injustificados que violentan el derecho.
En el contexto de la pandemia por la Covid-19, en Venezuela persiste el déficit en la prestación de servicios públicos básicos como el acceso a la electricidad, el agua potable, aseo urbano, y otros sectores como el servicio de telecomunicaciones, los derivados del petróleo, gestión de las ciudades, políticas monetarias, de salud, etc. responsabilidad del Estado o de entes gubernamentales.
El Estado venezolano mantiene una política sistemática que obstaculiza el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, entre los motivos destacan:
- La falta de personal para recibir la solicitud de información
- Instituciones cerradas en semanas radicales o flexibles.
- Práctica constante de no recibir ninguna petición por parte de la organización.
- Solicitud de formalismos innecesarios: cambio del responsable del cargo, documento sin el sello de la organización, firmas ilegibles, la firma de una sola persona como representante de la organización o comunidad.
- Las preguntas realizadas deben tener la motivación explícita para ser recibidas, se exige explicar el porqué y para qué se requiere la información pública.
- Los organismos argumentan que no poseen la información solicitada, a pesar de tratarse de los organismos responsables.
- El traslado de la sede, en desarrollo o ejecutado; en algunos casos no ofrecen información de la nueva ubicación.
Una acción adicional para solicitar el acceso a la información pública es a través de las insistencias, un recurso administrativo de reconsideración que se traduce en volver a entregar ante el/la funcionario/a las preguntas hechas en las solicitudes, cuando omiten dar respuesta en el plazo establecido por la ley. En este sentido, se entregaron 29 insistencias de las 61 solicitudes recibidas, y dos fueron rechazadas.
Negación como política de Estado
Desde al menos el año 2016 hemos registrado prácticas regulares de opacidad en Venezuela frente al derecho de acceso a la información, el año 2021 no fue la excepción. Lo común es que las instituciones del Estado no respondan las peticiones: el 95.5% de las entregadas no obtuvieron respuesta. Entregamos 67 solicitudes de información en físico y en línea, pero 64 de éstas y 29 insistencias no obtuvieron respuesta, mientras que 3 fueron respondidas de forma inadecuada.
En conclusión, durante el año 2021 ninguna de las 105 peticiones de información pública tuvo respuesta adecuada.
- Limitaciones a la exigencia de servicios básicos
Como buena parte de la población venezolana, las comunidades de la parroquia San Juan y Paraíso, en el Municipio Libertador del Distrito Capital tienen problemas de acceso al agua. En algunas oportunidades, pasan semanas sin acceso al servicio básico. En otros casos, el mantenimiento de las tuberías es escaso porque están oxidadas o con filtraciones, lo que ocasiona que el agua llegue con poca presión o que por varios días ni siquiera llegue.
Tras un espacio de formación en materia de acceso a la información, las comunidades entregaron una petición de información el 16 de septiembre. Ese día además hubo una reunión de trabajo con el Departamento de Fortalecimiento con el encargado de la distribución de agua del municipio El Hatillo, y se llegó a los siguientes acuerdos:
- Conformar mesas técnicas con la comunidad para comunicarse con Hidrocapital y solucionar los problemas.
- Estas mesas técnicas proporcionan información del problema.
- Que Hidrocapital en conjunto con estas mesas técnicas tomarían acciones para solucionar la situación.
A pesar de esta reunión, el organismo no respondió a las preguntas planteadas. Tres semanas después, los funcionarios se comunicaron con la comunidad para indicar que esa información no se podía entregar por ser “delicada” y de “seguridad nacional”, motivos que contrarían los estándares nacionales e internacionales.
- Sin respuestas sobre la “ley de transparencia”
El 11 de octubre se entregó una petición de información a la asamblea nacional electa para el periodo 2021-2026. El documento contiene preguntas sobre la “Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público”.
La solicitud trató sobre el inicio, desarrollo, discusión y promulgación de la ley. Así mismo, se pidió información sobre el proceso de consulta abierta necesario para su aprobación.
Para el 18 de noviembre, la Consultoría Jurídica de la asamblea nos convocó a una reunión en su sede administrativa. La misma fue para recibir instrucciones sobre cómo redactar una solicitud de información y “recibir efectivamente una respuesta”.
Las recomendaciones fueron:
- Expresar los motivos de las respectivas preguntas. Este requisito violenta el derecho por el principio de máxima divulgación, el cual establece la difusión de la mayor cantidad de información posible y como consecuencia no se deben exigir motivos para acceder a ella, salvo en los casos excepcionales de reserva o confidencialidad de la misma, de acuerdo al test tripartito.
- Otorgar algún documento que acredite que Espacio Público realiza la solicitud de información. Esto no es un requisito esencial para recibir solicitudes de información.
- Para simplificar el trámite administrativo, que una sola persona dirija la solicitud. Esto sólo derivó en un obstáculo para no otorgar la información.
En definitiva la asamblea nacional no otorgó ningún tipo de respuesta luego de esta reunión.
- Seguridad Nacional por conflictos ocurridos en La Vega
En el primer semestre de 2021 se presentaron distintos enfrentamientos entre hombres armados y las comisiones mixtas de los cuerpos de seguridad del Estado venezolano en La Vega, ubicada al oeste de Caracas, en el Centro Norte de Venezuela. Esta situación ocasionó civiles inocentes heridos, personas fallecidas, viviendas, vehículos y comercios con impactos de bala.
Por lo cual, se procedió a entregar solicitudes de información al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, al Ministerio Público y al Ministerio de la Defensa. Dos de las solicitudes pudieron ser recibidas, más no obtuvieron respuesta. Mientras tanto, el Ministerio de Defensa no recibió la solicitud señalando que solo le “suministran información al Presidente de la República”.
Regulación de obstáculos para acceder a la información
El 17 de septiembre se promulgó la “Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público”. Más allá de las críticas por su origen y contenido, tanto en términos de legitimidad, constitucionalidad y garantías del derecho, se evaluó el alcance y cumplimiento de esta ley por medio de 15 solicitudes de información a distintos organismos.
Específicamente se remitieron las peticiones a los municipios Chacao, Baruta y El Hatillo; así como también a las instituciones Fospuca, Ministerio de Sistema Penitenciario, Ministerio de Salud, Asamblea Nacional, Banco Central de Venezuela, Consejo Nacional Electoral y Corpoelec.
De un total de 15 solicitudes –en las que se invocaron fundamentos legales de esta norma-, 9 de ellas fueron recibidas, mientras que otras seis las rechazaron. Sin embargo, de las nueve rechazadas, se lograron entregar ocho (8) de las respectivas insistencias, y solo una no fue recibida.
Más de la mitad de las solicitudes fueron recibidas, ocho no fueron respondidas y sólo una recibió respuesta, de manera inadecuada, el cual fue el caso de la asamblea nacional.
La situación del derecho al acceso a la información pública durante 2021 confirma que se mantiene una cultura de opacidad en Venezuela. Incluso, promulgar una ley no es garantía suficiente para el reconocimiento y cumplimiento del derecho y la aplicación de una política transversal de transparencia.
Este balance muestra los efectos de la falta de institucionalidad democrática en el país con relación al derecho al acceso a la información. Como consecuencia, la ciudadanía no puede cumplir con su función de contraloría social, en especial en la lucha contra la corrupción. Así mismo, es un obstáculo para el ejercicio informado y efectivo de los derechos económicos y sociales en medio de una crisis humanitaria compleja.
Por último, esta situación demuestra que las recomendaciones hechas por organismos internacionales no se cumplen en la práctica. En el año 2019 un informe sobre Venezuela del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos recomienda adoptar medidas concretas e informar públicamente sobre su implementación sobre el derecho.
A pesar de que se promulgó una ley de transparencia, la misma no cumple con estándares internacionales y los datos presentados demuestran que aún siguen existiendo serios obstáculos para garantizar el derecho por medio de solicitudes de información.
Marco teórico metodológico
Para el registro diario de las solicitudes de información se toma en cuenta los acontecimientos de interés público que se pueden percibir como más relevantes en la cotidianidad venezolana. Estos eventos son de distintos temas, desde derechos humanos, política, economía, sociales, culturales, etc. Por otro lado, también se registra con base en las problemáticas que se experimentan en las comunidades.
Al elegir la temática y asunto en específico se procede a redactar la solicitud de información, a la entrega al ente u órgano correspondiente y se registra en la base de acuerdo a las siguientes variables: fecha de entrega y vencimiento, de la primera solicitud y su insistencia; si la entrega fue presencial o en línea, o si la misma no fue recibida; si hubo silencio administrativo, hubo respuesta positiva, inadecuada, parcial o referido a otro organismo.
Estos datos se sistematizan para identificar los patrones del derecho al acceso a la información pública. Aquí se pueden identificar si las solicitudes son recibidas por los organismos públicos y en el caso contrario, precisar los comportamientos de las autoridades al no recibirlas. Así mismo, se precisa si responden de manera oportuna, el cual significa dentro de los 20 días hábiles que establece la ley, o adecuada, es decir, que responden de manera integral y completa con relación a las preguntas formuladas.
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1 comentario en «Situación general del derecho al acceso a la información pública en 2021»