“Mi hermano, de 50 años, fue privado de libertad y sentenciado a 15 años de cárcel por un audio que difundió por WhatsApp”, dice Lennys Palma en entrevista telefónica con Espacio Público. En el audio, Marcos Palma compartió información sobre una protesta por falta de gas doméstico.
Según contó Lennys, Marcos José Palma Martínez envió al grupo de su comunidad del barrio Ayacucho, ubicado en la carretera vieja Caracas-Los Teques, un audio de 52 segundos, en el que anunciaba una protesta por la falta de entrega de las bombonas de gas.
En el audio, Palma comenta: “Se cobró las primeras semanas de diciembre, y aún a esta fecha a la comunidad no se le ha despachado el gas. Hay muchas familias donde hay muchos niños pequeños… Mañana se tranca la carretera vieja para que los conductores estén atentos…”.
El 6 de enero de 2025 funcionarios de la Dirección de Inteligencia Nacional (DIN) allanaron su casa, se lo llevaron detenido, lo presentaron y lo acusaron de incitación al odio, según comenta la hermana. “La segunda semana de septiembre, lo llevaron a los tribunales y lo condenaron a 15 años de prisión. Nunca denunciamos esto, no sabíamos que fuera a llegar tan lejos esta situación”.
Presume que Palma fue localizado producto de una delación, pues es un grupo comunitario de los altos mirandinos donde hay representantes de la junta comunal. “Cuando lo llevaron a la policía, dos mujeres de la junta comunal estaban declarando. Las conocemos de toda la vida, somos nacidos y criados en este sector, en el barrio Ayacucho. Incluso mi madre hace mucho tiempo fue presidenta de la junta, por eso nos conoce mucha gente”.
Marcos Palma, de acuerdo con su descripción, es un hombre solidario, de a pie, que siempre está pensando en agasajar a las madres en su día, a los niños. “Se lo llevó la DIN y luego lo trasladaron a San Agustín, en Caracas. Desde el primer día lo hemos visto. Mi hermano tiene cinco hijos y, actualmente, tiene varias afecciones de salud”.
Narra que, estando detenido en Los Teques (centro-norte), en tres o cuatro oportunidades lo sacaron al hospital. Actualmente, padece de hernias discales, tiene una pierna con mucha dolencia y sufre convulsiones. “Tenemos los exámenes que comprueban eso. Mi mamá, de 77 años e hipertensa, gracias a Dios tiene salud y fuerzas para ir los miércoles y los domingos a verlo”.
Incitación al odio
El delito que le imputaron: incitación al odio. Pero dos semanas antes de la condena, comenta Lennys Palma, hubo un juicio y la jueza dijo que le iba a cambiar el calificativo a incitación a delinquir. “Eso no ocurrió. Mucha gente tranca la calle, ¿qué pasa con este caso? Pelear por sus derechos no es malo, él siempre ha luchado por su bienestar”.
Marcos Palma anunció una acción de calle, que está amparada en el artículo 68 de la Constitución Nacional: “Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley…”.
Y lo hizo expresándose, tal como lo señala el artículo 57, de nuestra Carta Magna: “Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato ni la propaganda de guerra ni los mensajes discriminatorios ni los que promuevan la intolerancia religiosa. Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades”.
Pero, además, su exigencia de entrega de las bombonas de gas, un servicio público bajo la responsabilidad del Estado, está respaldada en el artículo 51 de la Constitución, que establece el derecho de los ciudadanos a hacer peticiones ante los funcionarios públicos sobre las materias de competencia, con el fin de obtener información veraz y oportuna. Palma pedía que informaran las causas del retraso y la fecha de las entregas.
La petición de Marcos Palma, a través del audio, estaba dirigida a los representantes comunales de su localidad. El consejo comunal es el encargado, por ley, de promover y articular la participación organizada de las y los integrantes de la comunidad, y dentro de esas estructuras están los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP), creados a principios de 2016, como un mecanismo para la distribución de alimentos subsidiados en el marco de una grave crisis económica que atravesaba el país. 1.
Estos comités, conformados por miembros de organizaciones comunitarias y políticas relacionadas al gobierno, también asumieron la distribución de las bombonas de gas, por lo que es a esta representación comunal a la que expresamente Palma hacía una exigencia puntual.
Palma, en ese momento buscaba respuestas para beneficiar a un colectivo ciudadano, derecho que además de estar contemplado en la Constitución nacional, está protegido en la Declaración Universal y en pactos internacionales. De igual forma, se establece en la Ley Orgánica de Administración Pública, la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, el Decreto Ley contra la Corrupción y la Ley de Infogobiernos. Además, existen 17 ordenanzas municipales de Transparencia y Acceso a la Información Pública en Venezuela. 2.
También, la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible, dentro de su objetivo 16, habla del fortalecimiento del acceso a la información pública, debido al rol de este derecho en la participación activa de las sociedades en la toma de decisiones y resolución de problemas, le da respaldo a sus demandas.
En Venezuela, el Estado asumió el suministro de gas doméstico como servicio público. Por tanto, su acceso adecuado está vinculado a la garantía de otros derechos humanos, como la alimentación. No tener ese producto, afecta de forma directa la calidad de vida y el desarrollo de la comunidad.
Los ciudadanos tienen derecho a expresarse y a que sus exigencias sean tomadas en cuenta por las autoridades. Desde Espacio Público, exigimos que estos derechos sean respetados y pedimos al Estado impulsar políticas complementarias y adicionales para garantizar que estas normativas realmente sean la solución a los problemas públicos.
Una sociedad informada tiene las herramientas necesarias para hacer valer sus derechos y superar las dificultades que se le presentan. Si las instituciones públicas difunden información sobre su gestión con regularidad, promueven la confianza en el gobierno nacional, estatal y/o local, se fomenta la transparencia en la gestión de los recursos públicos y se fortalece la democracia.
- Revista de Estudios de Políticas Públicas, diciembre 2018-junio 2019. Los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP) bajo el Enfoque Basado en Derechos Humanos. Recuperado en https://revistaestudiospoliticaspublicas.uchile.cl/index.php/REPP/article/view/52575/69912 [↩]
- Amnistía Internacional, 28 de septiembre de 2021. El acceso a la información en Venezuela gravemente vulnerado. Recuperado en https://www.amnistia.org/ve/blog/2021/09/19778/el-acceso-a-la-informacion-en-venezuela-gravemente-vulnerado [↩]
Comparte:
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
- Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp
- Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico
- Haz clic para imprimir (Se abre en una ventana nueva) Imprimir






