Ana Belén: a juicio sin pruebas

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Después de tres años y once audiencias diferidas, la juez provisoria Eva Ferreira, decidió el 20 de junio de 2023 que Ana Belén Tovar, exgerente de Venmedios, debe ir a juicio. Al celebrarse la audiencia preliminar, inadmitió sin fundamento los alegatos de la defensa, decidió que sea juzgada aún sin relación directa entre lo alegado por la Fiscalía y las pruebas presentadas, que además fueron obtenidas de manera ilegal y no demuestran la responsabilidad de Tovar.

Tovar estaba en el sitio equivocado en el momento equivocado. A partir de una conversación privada, manipulada, interpretada erróneamente y obtenida sin orden judicial durante el allanamiento a Venmedios1, la imputan de los delitos de Revelación Indebida de Data o Información de Carácter Personal, previsto en el artículo 22 de la Ley Especial Contra Delitos Informáticos;  Obstrucción a la Justicia y Asociación para delinquir, previstos en los artículos 45 y 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Este proceso ha generado diferentes consecuencias personales y laborales a Tovar, quien recientemente perdió su empleo por tener que ausentarse para presentarse semanalmente cada vez que pautaban una audiencia; además, se le dificulta conseguir un trabajo cuando informa que está en un proceso judicial de persecución política. Al ser sustento de hogar, la situación afecta también a su hija, quien tuvo que dejar de estudiar y empezar a trabajar para generar ingresos que permitan ayudar a cubrir los gastos personales, de Ana Belén Tovar y de su madre, quien tiene hipertensión y alzheimer. 

Audiencia preliminar, 3 años y 8 meses de retraso

Tovar estuvo detenida cinco meses y medio en la sede de la Dirección General de Contrainteligencia Militar y, después de ser excarcelada, esperó más de tres años para que el sistema de justicia se ocupara en celebrar su audiencia preliminar. Mientras, vivía bajo la pena del banquillo: con medidas cautelares que restringen su libertad y restricciones laborales como consecuencia del proceso. 

El 20 de junio de 2023 fue la doceava oportunidad en que se pautó audiencia. El Alguacilazgo logró notificar a la representación de la víctima, para las 10:00 a.m, pero la Jueza provisoria Eva Ferreira2, al desconocer si iba a celebrar la audiencia o no, solicitó que Ana Belén y su defensa se retiraran del despacho y regresaran a las 2:00 de la tarde. 

A esa hora, el equipo de abogados de Espacio Público insistió nuevamente, pero solo le informaron que debían seguir esperando hasta que la jueza revisara el expediente y decidiera qué hacer. A las 5 de la tarde, la defensa entregó una diligencia denunciando la irregularidad de no celebrar la audiencia cuando estaba pautada y que les hicieran esperar por siete horas dentro de las instalaciones del tribunal, bajo la excusa de que estaban revisando el expediente. Media hora después, inició el acto judicial.

La audiencia no se desarrolló en una sala apropiada, destinada para ello, sino en la oficina del tribunal, en un espacio reducido de aproximadamente 10mts2 y la defensa estuvo de pie durante una hora. Estas condiciones vulneran el debido proceso al someter a las partes a una audiencia sin las condiciones mínimas, y a las y los abogados a un desgaste físico que puede perjudicar la defensa de Tovar

A juicio sin pruebas

Durante la celebración de la audiencia preliminar la fiscalía no estableció una relación de causalidad entre las pruebas y la responsabilidad de Tovar, además de señalar las pruebas sin argumentos. Esta situación viola los derechos al debido proceso y a la defensa de Tovar, pues la fiscalía tiene el deber de acreditar la responsabilidad del imputado con pruebas legales, pertinentes y adecuadas. 

En este caso, la acusación se basa en una conversación privada de Ana Belén Tovar, ya que los funcionarios intervinieron ilegalmente sus comunicaciones durante el allanamiento a Venmedios, pues no tenían orden judicial. Esta situación se denunció con un escrito de oposición el 27 de enero de 2020 y a través de una denuncia ante la fiscalía de derechos fundamentales del Ministerio Público en febrero del mismo año. Por otra parte, no aparece la supuesta noticia que fundamenta la acusación de la fiscalía en el expediente3.

Cualquier acusación fundamentada con pruebas ilegales y admitida sin motivación legal genera una situación de indefensión, fuera del debido proceso, lo que vulnera sus derechos y afecta la defensa de Tovar

Por otra parte, la juez omitió los argumentos de la defensa y admitió la acusación sin fundamento legal. Esta situación decanta en una vulneración del debido proceso y derecho a la defensa de Ana Belén Tovar, dado que el juez debe garantizar el derecho a ser oído y decidir con base en los alegatos.

Aún cuando no se acreditó un peligro de fuga en el caso de Tovar, la juez decidió mantener las medidas de régimen de presentación y prohibición de salida del país, lo cual se traduce a una pena anticipada, violando su derecho a la libertad personal. Asimismo, existe un incumplimiento del artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual dispone que las medidas sustitutivas de libertad no pueden exceder de dos años. En el caso de Tovar, se han configurado más tres años con medidas cautelares.

Otras irregularidades

El 11 de julio de 2023, después de dieciséis días de celebrarse la audiencia, el tribunal emitió el auto de la misma. Legalmente el Código Orgánico Procesal Penal dispone de la obligación del juez de dictar el auto de apertura a juicio de manera escrita dentro de los tres días hábiles siguientes, sin prórroga alguna. Entre las arbitrariedades con el auto de la audiencia destacan: 

  • Incumplimiento del principio de imparcialidad que rige el proceso penal, pues la juez Eva Ferreira admitió el escrito de acusación sin una argumentación fundamentada, omitió los argumentos de la defensa e inadmitió de forma arbitraria sus solicitudes y las de Tovar.
  • El acta de la audiencia preliminar no se imprimió el mismo día que afirmó el Tribunal.
  • El Tribunal señaló erróneamente que el acta de audiencia preliminar se emitió el mismo día de la celebración de la audiencia, 20 de junio de 2023, cuando en realidad la defensa obtuvo acceso al acta el 11 de julio de 2023,  luego de insistir durante tres semanas por medio de diligencias. 
  • El tribunal señaló erróneamente que la audiencia se celebró a las 2:00 p.m cuando en realidad se llevó a cabo a las 5:30 p.m, luego de que los abogados defensores, tras siete horas de espera, específicamente a las 5:00 p.m exigieran el desarrollo de la audiencia. 
  • El tribunal admitió el escrito de acusación y las pruebas promovidas por la fiscalía que no cumplen con el carácter legal requerido, a saber: licitud, pertinencia y necesidad.

Petitorio 

El juicio en contra de Ana Belén Tovar es un procedimiento que extiende la violación de sus derechos, sustentado en pruebas ilegales y sin el establecimiento de una relación causal entre los delitos imputados, las pruebas y la noticia que supuestamente publicó.

Desde el 2019, año en que empezó el procedimiento contra Ana Belén, 148 personas han sido detenidas y procesadas judicialmente por ejercer su derecho legítimo a buscar, recibir o difundir información, consagrado en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 13 y 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la Declaración Universal de los Derechos humanos, respectivamente.

El hostigamiento judicial es un medio que, además de violar los derechos de Ana Belén Tovar, sirve como medida coercitiva que inhibe la expresión libre de la ciudadanía en general y de trabajadores de los medios, quienes pueden ver en este caso una medida ejemplificante que se replicaría en caso de publicar o difundir información contra otras personalidades del poder.

Ante esta situación, exigimos al Estado venezolano

  1. que garantice el ejercicio del derecho a la libertad y no se criminalice la labor periodística de Tovar.
  2. que se garantice el debido proceso y acceso a un proceso de justicia breve y expedito a favor de Ana Belén. 
  3. que cese la persecución judicial contra Tovar. 

Referencias[+]

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