Ministerio Público detiene a adolescente por contenido en TikTok

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El fiscal general, Tarek William Saab, anunció la detención el 24 de febrero de una adolescente de 16 años que publicaba contenido en la red social TikTok. La Fiscalía 59 Nacional dictó la privativa de libertad por difundir contenido “burlándose de la muerte de una adulta mayor con cáncer”, enfrenta cargos por instigación al odio en una medida desproporcionada que afecta a una menor de edad y no cumple con estándares de libertad de expresión.

La creadora de la cuenta Ashley Aways fue detenida junto con sus padres por la Policía Nacional de Cocorote, Estado Yaracuy, Venezuela, mientras vecinos tomaron fotografías y grabaron la situación. Según un comunicado del Ministerio Público, los videos que publicó tenían “los fines de atentar contra los buenos sentimientos y moral de la hija de la fallecida con el único objetivo de hacerle daño”1

El Ministerio público aseguró que la joven “a través de su red social tiktok #viralizó premeditadamente ofensas donde exaltaba criminalmente el fallecimiento de una adulta mayor: quien fuera madre de una influencer y que en días pasados había muerto de cáncer”2. Estas declaraciones muestran una acusación y sentencia sin acceso a un juicio que garantice el debido proceso y el derecho a la defensa. 

El derecho a la libertad de expresión incluye también la crítica y discursos incómodos que deben ser regulados por la sociedad y no por medidas punitivas excesivas del Estado. Por otra parte, recordamos que la Ley contra el Odio es una normativa ilegal e inconstitucional, que contiene términos amplios que facilitan su aplicación discrecional.

¿Cómo manejar estos casos?

El discurso de odio no es simplemente cualquier expresión que cause molestia u ofenda, sino que debe cumplir con ciertas características para poder ser censurado. La mayoría de los discursos incómodos no califican como discurso de odio y tienen que ser protegidos para así garantizar la pluralidad y diversidad en el debate público como elementos esenciales de la democracia.

Sin embargo, en Internet las personas y los Gobiernos suelen mostrarse más sensibles a publicaciones que puedan ser ofensivas. Ante estas expresiones debe prevalecer la regulación social; es decir, que sea la misma gente que señale, rechace y critique estas expresiones si ofenden o pretenden limitar el goce o ejercicio de derechos humanos de las personas.

La legislación internacional establece que debe estar prohibido el discurso que incite a la violencia, la propaganda en favor de la guerra, o que incite a la discriminación en contra de  algún grupo con base en sus características propias; por ejemplo, religión, etnia, preferencia política, condición social, entre muchas otras. Todas las demás expresiones son permitidas y pueden ser limitadas únicamente después de evaluarlas, y nunca con penas de cárcel ni procesos penales, sino con sanciones del tipo administrativo, en procesos  civiles.

Para determinar si efectivamente se trata de un discurso de odio, se aplica el denominado test de las siete partes, planteado por Artículo 19 y promovido por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos3. Debe evaluarse el discurso considerando su gravedad, la intención real de causar daño, el contenido en sí (lenguaje, forma, tono), el alcance real (peores implicaciones a mayor alcance), la probabilidad real de causar daño, su inminencia (que el daño a causar sea inmediato) y el contexto en que ocurre.

En este sentido, los videos publicados por la adolescente no constituyen un discurso de odio, a pesar de que pueden resultar desagradables, inapropiados o incluso denigrantes según sea su interpretación. Es nuestra labor ciudadana no caer en persecución ni incentivar el hostigamiento judicial a personas por lo que digan; antes bien, es posible utilizar los criterios que promueve la RELE para proteger aún aquello que nos molesta pues es parte de la diversidad natural en toda sociedad.

  1. Impacto Venezuela, 24 de febrero de 2025. TIKTOKER SE COMIÓ LA LUZ y la agarró el “semáforo” del Ministerio Público (VIDEO). Disponible en: https://impactove.com/mp-inicio-investigacion-contra-joven-que-se-burlo-en-tiktok-de-la-muerte-de-una-persona-con-cancer/ []
  2. Ministerio Público (@mpublicove) El fiscal General de la Republica Tarek William Saab @tarekwilliamsaabh informa a la opinión pública nacional que #HOY lunes 24 de febrero: luego (…) Disponible en https://www.instagram.com/p/DGe1a_aNFXF/?img_index=1&igsh=ODUxdHJydXM1NjZo []
  3. Ver más en Página 79 a 82. Artículo 19, Manual sobre el discurso de odio https://www.article19.org/wp-content/uploads/2020/03/ARTICLE-19-Manual-sobre-el-%E2%80%98Discurso-de-Odio%E2%80%99.pdf []

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