- Régimen de presentación cada 8 días.
- Prohibición de salida del país (existe la posibilidad de solicitar un permiso de viaje al tribunal).
- Prohibición de declarar a medios de comunicación nacionales e internacionales sobre su caso. Esta medida se extiende también a sus abogados.
Cautelares CIDH
El 29 de marzo de 2019, la Comisión Interamericana de los Derechos Humano (CIDH), dictó la Medida Cautelar 250-19 en favor Luis Carlos Díaz y su núcleo familiar. Esto luego de que Díaz, el 11 de marzo fuera objeto de desaparición forzada, detención arbitraria y allanamiento por la publicación de un video informativo que habla sobre qué hacer en una situación de censura total o blackout informativo y la posterior criminalización de la actividad de Díaz por parte de Diosdado Cabello en el programa “Con el mazo dando”. La solicitud fue hecha el 12 de febrero ante la CIDH.
En fechas 4 y 5 de abril respectivamente, las medidas cautelares fueron introducidas ante la Fiscalía General de la República, Defensoría del Pueblo y el Tribunal de Control que lleva la causa contra Díaz y al momento, casi tres meses después no se tiene ningún pronunciamiento de las instancias del Estado con respecto al cumplimiento o la concertación de medidas para garantizar el cumplimiento de la protección cautelar dictada por la CIDH.
Permisos negados
En fecha 22 de marzo de 2019 se introdujo una solicitud de viaje en favor de Díaz, en razón de una invitación realizada a un evento en la ciudad de San Francisco. En fecha 3 de abril el tribunal de control negó la solicitud de viaje argumentando vagamente que era muy pronto para solicitar un permiso de viaje, sin especificar cuándo podría solicitarlas y cuando no.
En fecha 2 de mayo se introdujo una segunda solicitud de permiso de viaje.Esta vez para un evento periodístico en Argentina. La respuesta no fue recibida a tiempo y Díaz no pudo viajar a evento que reuniría a activistas, representantes políticos e intelectuales de toda América Latina para que propusieran agendas innovadoras de participación política para diseminar herramientas y estrategias de incidencia en la región. El mismo fue organizado por la asociación civil Asuntos del Sur con el apoyo del International Development Research Center de Canadá.
La tercera solicitud de viaje se realizó con el fin de que Díaz participara en una serie de actividades culturales organizadas por REDLAD los días 24 al 28 de junio de 2019 en la ciudad de Medellín, Colombia.
REDLAD es una plataforma de organizaciones sociales sin fines de lucro que trabajan por la idea de un mundo mejor. En el marco de la misión de REDLAD, en el mes de junio realizaron una serie de actividades culturales donde promocionaron la misión de la organización a través de muestras fotográficas, teatrales, y humorísticas.
En fecha 06 de mayo, Espacio Público hizo una solicitud de interpretación del alcance del párrafo segundo de la medida cautelar 250-19. Toda vez el ejercicio de la actividad profesional de Díaz está determinada en gran parte por viajes internacionales a conferencias y foros sobre periodismo.
En definitiva, el proceso judicial llevado contra Díaz se configura como un mecanismo de castigo adelantado. Esto debido a que el proceso penal al que está sometido y las medidas sustitutivas a la libertad, limita seriamente el ejercicio de su actividad como periodista y defensor de derechos humanos. Toda vez que no puede viajar a los eventos internacionales a los cuáles está invitado y tanto Díaz como sus abogados tienen serias limitaciones a la hora de hablar sobre el caso y temas relacionados al mismo.
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