La Fiscalía no presentó pruebas contra Pedro Jaimes

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La primera audiencia de juicio en el caso del tuitero Pedro Jaimes se celebró después de 15 diferimientos, el aficionado a la aviación pudo exponer ante el Tribunal Segundo de Juicio de Los Teques, estado Miranda, y la defensa ejercida por Espacio Público presentó sus argumentos este 19 de noviembre. Por su parte la Fiscalía no presentó ningún elemento en contra del aficionado a la aviación.

Cerca de las 10:45 de la mañana inició el procedimiento, los abogados de Pedro Jaimes hicieron su exposición ante la Juez, Jaqueline Marín de Soto, considerando el derecho a la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información pública, alegaron todos los vicios del proceso y agregaron información sobre jurisprudencia, tratados y pactos internacionales que protegen estos derechos, y que el Estado Venezolano tiene la obligación de cumplir.

La Fiscalía debe hablar sobre toda la expertica de la investigación y la acusación; sin embargo durante la audiencia no presentó testigos, peritos, documentos, pruebas, ni interrogó a Pedro Jaimes. Por consiguiente no se dio el proceso de evacuación de pruebas, donde se analiza cada una, se determina si es legal, pertinente, útil y necesaria, y además se interroga a los testigos.

Sin pruebas, no hay elementos de convicción que demuestren que hay algún tipo de responsabilidad de Pedro Jaimes sobre los delitos de los cuales le acusan. En consecuencia, de no evacuar las pruebas en la próxima audiencia, el Tribunal debe decidir y otorgar la libertad plena al tuitero. La fecha pautada es el 3 de diciembre de 2020.

La defensa solicitó la sentencia absolutoria y el sobreseimiento de la causa, que otorgaría la libertad plena a Pedro Jaimes y la declaratoria de su inocencia. El aficionado a la aviación está acusado de espionaje informático, revelación de secretos políticos, e interferencia de la seguridad operacional, contemplados en la Ley Especial contra los delitos informáticos y en la Ley de aeronáutica civil. Los tres cargos son amplios, lo que permite una interpretación discrecional y ambigua criminalizando la divulgación de información pública en Internet.

Pedro Jaimes es inocente porque la información estaba disponible en la web, no era de carácter confidencial ni secreta; la ubicación de la aeronave presidencial no es un secreto de Estado, Jaimes no transgredió sistemas de seguridad para acceder a esa información; y finalmente la acusación hecha por la Fiscalía no explica ni establece relación directa sobre cómo la publicación de la ruta del avión presidencial interfirió ilícitamente con la seguridad operacional o de la aviación civil.  La publicidad de esta información permite que cualquiera pueda monitorear un vuelo en tiempo real y contiene datos que reciben los controladores aéreos para manejar el tráfico y modificar la ruta de aviones que podrían colisionar en el aire.

Jaimes es una de las 86 personas detenidas por publicaciones en redes sociales entre enero de 2009 y el 15 de noviembre de 2020; su caso muestra la voluntad del Estado de perseguir y silenciar a quienes divulguen información que les sea incómoda. Este proceso de juicio se suma a muchos otros en los que ha habido irregularidades en el proceso e impunidad, algunos de ellos reseñados por la Misión de determinación de los hechos de la Organización de Naciones Unidas. Exigimos justicia para todas las víctimas.

Sobre el caso

Pedro Jaimes enfrenta un proceso injusto después de la publicación en Twitter de la ruta del avión presidencial, el 3 de mayo de 2018. Esta información es de carácter público y de interés nacional, y se obtuvo en Internet a través de páginas web gratuitas que monitorean los vuelos en todo el mundo; sin embargo, funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) detuvieron de manera arbitraria a Jaimes el 10 de mayo de 2018.

Pedro estuvo desaparecido durante 33 días, fue torturado con una bolsa rociada con insecticida en la cabeza, lo golpearon hasta fracturarle una costilla, le negaron la atención médica en varias ocasiones y permaneció recluido en condiciones insalubres que causaron enfermedades respiratorias y de la piel.

Jaimes fue excarcelado el 17 de octubre de 2019, sin embargo no está en libertad; debe presentarse cada 30 días en un Tribunal y no puede salir del país. Desde el 31 de enero de 2019 espera su audiencia de juicio, que fue diferida en 15 oportunidades: mientras permanecía recluído en El Helicoide, funcionarios del Sebin no lo trasladaban a Tribunales; y las últimas cuatro ocasiones (después de su excarcelación) la Fiscalía no se presentó a la audiencia, retrasando el proceso.

Actualización 3 de diciembre: segunda y tercera audiencia de juicio aún sin pruebas

La segunda audiencia de juicio de Pedro Jaimes fue adelantada por el Tribunal para el 25 de noviembre; en esta ocasión la Fiscalía tampoco presentó pruebas periciales ni de testigos, ni interrogó a Jaimes, sólo presentó una prueba documental y pautó la próxima cita.

La tercera audiencia de juicio se celebró en Los Teques el primero de diciembre, en esta ocasión no se presentaron ni los peritos ni los testigos del caso, por lo que la Juez emitió un mandato de conducción, una facultad del Tribunal para exigirles que se presenten en la próxima audiencia para que se pueda realizar la evacuación de las pruebas. Saúl Blanco, abogado defensor de Espacio Público aclaró: “básicamente es utilizar las fuerzas del Estado para obligar a la persona a que asista a la audiencia. El 7 de diciembre, que está pautada la próxima audiencia, veremos si el Sebin, que son los principales peritos, asisten a la audiencia. También sabremos si se hará la evacuación de los testigos por medio de una llamada”1.

Si los testigos o peritos no se presentan a la próxima audiencia, el Tribunal puede citarlos dos veces más. En caso de no asistir en tres oportunidades, iniciará el mandato de conducción; si aún así no asisten, el Tribunal debe prescindir de esos testigos y peritos para el Juicio. En caso de que los peritos y testigos sean funcionarios del Sebin, es posible iniciar un procedimiento en su contra por incumplir la orden de un Tribunal; en caso de ser un perito privado, pueden ser sancionados por no tener una justificación incluída en el Código Orgánico Procesal Penal.

Referencias[+]

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