Funcionarios de la Dgcim detienen a dirigente sindical en Anzoátegui

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Funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim), detuvieron la noche del miércoles 17, al secretario general del Sindicato del Cemento del Estado Anzoátegui (SINTRACEA), Luis Chaparro luego de que estuviera al frente de diferentes asambleas y movilizaciones en defensa de sus derechos laborales.

Organizaciones gremiales, políticas y organizaciones defensoras de derechos humanos denunciaron que la detención se llevó a cabo de forma arbitraria y sin orden judicial. Testigos informaron que un grupo de hombres armados irrumpieron en la casa del dirigente sindical ubicada en el sector El Paraíso en Puerto La Cruz y lo sacaron a la fuerza.

Chaparro fue libertado el jueves 18, luego de que fuera llevado a un comando de la Dgcim y sometido a un interrogatorio que duró toda la noche. Su abogado, Rafael Rosales, asegura que la liberación fue producto de la presión de los trabajadores y el resto de los gremios que apoyaron en la difusión de la denuncia.

“Todo el procedimiento fue viciado. A Luis (Chaparro) le mostraron una hoja donde decía que la orden de su captura fue emanada por el tribunal de primera instancia con competencia en delitos asociados al terrorismo con sede en Caracas y a solicitud del fiscal 38 con competencia nacional.. Los cargos que le imputan son los favoritos del Gobierno: instigación al odio y asociación para delinquir. Tenemos que ir a Caracas a ver el expediente porque nos dijeron que pese a su liberación la orden de captura sigue abierta”1 expresó su abogado.

Distintos sectores de la sociedad civil; gremios, trabajadores y estudiantes, se mantienen en la calle protestando por la profunda crisis que atraviesa el país. La respuesta gubernamental a las manifestaciones de los ciudadanos ha sido la represión, la persecusión y en algunos casos la detención. Todas estas son medidas que buscan criminalizar la protesta y evitar que los ciudadanos hagan sus reclamos.

La utilización de los cuerpos de seguridad como órganos dedicados a perseguir a la disidencia es contrario a lo establecido en la Constitución Nacional que establece en su artículo 58: 

“Los ciudadanos y ciudadanas tiene derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La Ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público”2.

La libertad de reunión es un derecho político fundamental y está reconocido por diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, por lo que nadie debería ser perseguido por reunirse a manifestar, pues la misma, representa el ejercicio del poder político que tiene la gente para participar.

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