La reconversión monetaria que entró en vigencia el pasado 20 de agosto y con ella la incursión del nuevo cono monetario que tiene a los ciudadanos sumidos en una gran confusión. El gobierno quitó cinco ceros al bolívar y puso en circulación ocho billetes y dos monedas que coexitiran con el antiguo cono. A causa de esto Espacio Público introdujo una petición de información al Presidente del Banco Central de Venezuela, Calixto Ortega Sánchez, en la que se le increpa detalles del proceso
Entre las preguntas realizadas están: ¿Cuáles son los entes públicos o privados encargados de distribuir los billetes a la Banca Nacional? ¿Se tiene prevista una campaña informativa para familiarizar a la población con la implementación del nuevo cono monetario? ¿Cómo se tiene previsto que todos los sectores tengan integralmente acceso al nuevo cono monetario? ¿Qué significa el “nuevo sistema tributario” mencionado por el Presidente Nicolás Maduro en alocuciones públicas? ¿Cuál es el nuevo sistema tributario? ¿Cómo se tiene previsto implementar ese nuevo sistema tributario? ¿Cuáles son las razones técnicas para crear un nuevo sistema tributario? Asimismo, se le solicitó proveer el estudio sobre los impactos que generará la convivencia de ambos conos monetarios simultáneamente.
Respecto al Petro, Criptomoneda propuesta por el gobierno se le consultó: ¿Cómo se tiene previsto que el criptoactivo “Petro” sea la segunda unidad contable? ¿Cómo se tiene previsto determinar el valor del precio del Bolívar Soberano, su funcionamiento y anclaje con el criptoactivo “Petro”? ¿Cuál será la estructura de costo del “Petro”? Provea informe que desarrolle a fondo la estructura del criptoactivo, pues son muchas las dudas que existen sobre este tema en particular.
De igual forma se le pidió enviar un informe que contenga: la planificación logística y pruebas/simulacros realizados para poner en circulación el nuevo cono monetario, copia del presupuesto asignado para la compra de nuevos billetes. Informe cuantos billetes van a ser implementados del nuevo cono, desglosando por monto de cada billete.
Las solicitudes de información son un mecanismo contemplado en el ejercicio legítimo del derecho al acceso a la información, contemplado en los artículos 51 y 143 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
“Toda persona tiene el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos o éstas, y de obtener oportuna y adecuada respuesta”1.
“Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados e informadas oportuna y verazmente por la Administración Pública, sobre el estado de las actuaciones en que estén directamente interesados e interesadas, y a conocer las resoluciones definitivas que se adopten sobre el particular. Asimismo, tienen acceso a los archivos y registros administrativos, sin perjuicio de los límites aceptables dentro de una sociedad democrática en materias relativas a seguridad interior y exterior, a investigación criminal y a la intimidad de la vida privada, de conformidad con la ley que regule la materia de clasificación de documentos de contenido confidencial o secreto. No se permitirá censura alguna a los funcionarios públicos o funcionarias públicas que informen sobre asuntos bajo su responsabilidad”2.
Petición Banco Central de Venezuela 22-08-2018
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