
TSJ insiste en la constitucionalidad de las cadenas presidenciales





Tenemos el placer de invitarlos al taller de Acceso a la Información Pública, a realizarse el sábado 03 de agosto en Maturín Ponente: Abg. Oswaldo
Tenemos el gusto de invitarlos al Taller de Redes Sociales y Derechos Humanos, a realizarse el próximo sábado 3 de Agosto en Barcelona Lugar: Salón Parroquial
Tenemos el gusto de invitarle al Taller Redes Sociales y Derechos Humanos, a realizarse en Cumaná el próximo 02 de agosto Ponentes: Ligia Bolívar, Directora


El fallo emitido por la Sala Constitucional ordena a la Político Administrativa a que dicte una nueva decisión. La solicitud de revisión había sido interpuesta hace tres años y ochos meses, pero la decisión fue tomada a menos de dos meses de que Globovisión cambiara de propietarios.

La Comisión Nacional de Protección para los Periodistas (CONAPRO)[1] rechaza la acusación contra Nelson Bocaranda de haber instigado a la violencia como consecuencia de la difusión de información sobre urnas electorales en un CDI de Maracaibo, en el contexto de las pasadas elecciones del 14 de abril.
El pasado viernes 05 de julio la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, anunció a través de su cuenta de Twitter (@lortegadiaz) que el periodista Nelson Bocaranda estaba citado para comparecer el martes 09 de julio ante la Fiscalía 48 Nacional; anuncio que fue posteriormente confirmado por una nota de prensa publicada en el portal web del Ministerio Público, el cual aclaró que Bocaranda había sido citado en calidad de testigo, en relación con los hechos de violencia ocurridos luego de la elección presidencial del pasado 14 de abril[2].


El lunes 08 de julio, funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) visitaron la emisora 107.7 FM buscando al periodista Leo León. Al no encontrarlo se dirigieron al rectorado de la Universidad de los Andes donde el periodista cubría una pauta de huelga de hambre de los estudiantes. Luego de culminar la transmisión de su programa radial, León se dirigió hasta la sede tribunal, escoltado por varios estudiantes universitarios que decidieron demostrar su apoyo y solidaridad con el profesional de la Comunicación. En el Tribunal se le informó que el procedimiento respondía al cumplimiento del Mandato de Conducción[1] ordenado por el Juez Primero de Juicio. El objeto de la medida era que compareciera personalmente para hacer nombramiento de su defensor de confianza si así lo designara. Hechos que evidencian que el juicio en contra del periodista seguirá en curso.


Según el artículo 71 del reglamento de la Ley de la Cinematografía Nacional, “La programación del cortometraje estará asociada a una película escogida, de mutuo acuerdo, entre el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía, el productor y el exhibidor”. En este caso los realizadores de la película no fueron consultados sobre la escogencia del corto, explican que fue una “orden emitida por el CNAC al distribuidor CINES UNIDOS de manera telefónica, con carácter obligatorio”.


Los funcionarios de seguridad del TSJ negaron el acceso a los comunicadores y alegaron que por órdenes superiores no podían dejarlos entrar. De igual forma, algunos diputados opositores y dirigentes políticos, que iban a mostrar su apoyo a Mardo, no pudieron ingresar al organismo.