En medio del complejo escenario que enfrentan día tras día los periodistas y comunicadores sociales en Venezuela, donde hasta el 13 de agosto de 2014 Espacio Público contabiliza 427 violaciones a la libertad de expresión, se cumplen cinco años de la agresión a 12 periodistas de la Cadena Capriles (ahora Grupo Últimas Noticias).
Las instancias nacionales han sido agotadas y no ha habido justicia con estas víctimas. Por esta razón Espacio Público, en representación de las víctimas, introducirá próximamente este caso en el Comité de Derechos Humanos (CDH).
El derecho a la libertad de expresión y a no ser atacado, amenazado o golpeado a causa de las opiniones que pueda tener una persona, está reconocido por los instrumentos internacionales de derechos humanos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículos 7 y 19; Declaración Universal de Derechos Humanos, artículos 5 y 19; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, artículos I y IV y puede ser sancionado por las instancias internacionales que han sido creadas para ello.
El Comité de Derechos Humanos (CDH) se ha pronunciado en varias oportunidades en contra de las violaciones a la libertad de expresión por hechos en contra de la integridad personal de periodistas y comunicadores.
Los hechos
El 13 de agosto de 2009, los periodistas caminaron desde la Torre de Prensa a la esquina de Veroes en el centro de Caracas, mientras realizaban una protesta pacífica con carteles y panfletos solicitando que la Ley Orgánica de Educación no fuera aprobada, y a favor de la Libertad de Libertad de Expresión. La intención principal era informar a la gente sobre las consecuencias que generaría la aprobación de dicha ley.
Simpatizantes del Gobierno y trabajadores del canal estatal Ávila TV se acercaron violentamente al grupo, diciéndoles que no podían estar allí porque “las calles eran del pueblo”, según narra una de las agredidas. La intención de diálogo no dio fruto, y el grupo de la Cadena Capriles fue atacado agresivamente con palos y golpes durante unos 15 minutos, hasta que lograron escapar, heridos, hacia la Torre de Prensa, a tres cuadras de lo sucedido.
Puede haber justicia
En 1991, el señor Albert Womah Mukong reclamó al CDH que el Estado de Camerún lo había privado de libertad de forma arbitraria y además lo había sometido a actos considerados como torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes, como consecuencia de sus opiniones políticas expresadas en algunos textos y particularmente luego de una entrevista dada para la BBC en donde criticaba al Presidente de Camerún y a su gobierno.
El Comité de Derechos Humanos consideró que estos hechos constituyeron una violación al derecho a la libertad de expresión, a la integridad personal y a la libertad personal y condenó a Camerún a pagar una compensación a Mukong por el trato que había sufrido, a investigar y sancionar los delitos cometidos y a tomar medidas para prevenir que este tipo de hechos se repitan.
De forma similar, en el año 2005, el señor Philip Afuson Njaru, periodista y reconocido defensor de derechos humanos en Camerún, reclamó al CDH varios actos de persecución por parte de agentes del Estado. Desde mayo de 1997, Afuson fue amenazado en varias oportunidades por agentes policiales de ser atacado y torturado si continuaba publicando artículos “antipatrióticos” en los cuales acusaba a oficiales de la policía de corrupción. El 12 de octubre de ese año las amenazas fueron cumplidas y un oficial de la policía arrestó arbitrariamente a Afuson y le atacó con golpes y patadas hasta dejarlo inconsciente.
El Comité de Derechos Humanos declaró que en este caso se habían violado los derechos a la integridad personal, libertad personal, libertad de expresión y derecho a un recurso judicial efectivo, condenando al Estado de Camerún a investigar los delitos cometidos y sancionar a los responsables, proteger al señor Afuson de amenazas o intimidación.
Estos dos casos son sólo una muestra de lo que pueden hacer las instancias internacionales de derechos humanos para reparar efectivamente los ataques en contra de los derechos fundamentales de las personas. El caso de las agresiones a los periodistas de la Cadena Capriles no quedará impune. Si las instancias venezolanas continúan sin hacer justicia, otras instancias podrán tomar cartas en el asunto con miras a que los responsables sean sancionados, las víctimas sean resarcidas y el Estado venezolano de pasos hacia la erradicación de la impunidad y la prevención de hechos como estos.
Fuentes:
Comité de Derechos Humanos, 1994, Womah Mukong c. Camerón, Comunicación No. 458/1991. Recuperado el 13/08/14 en http://goo.gl/3pN4Ak
Comité de Derechos Humanos (2007). Afuson Njaru c. Camerún, Comunicación No. 1353/2005. Recuperado el 13/08/14 en http://goo.gl/3cQuAC
Espacio Público, 30 de abril de 2013, Caso Cadena Capriles, cuatro años tras la justicia. Recuperado el 13/08/2014 en http://goo.gl/auGr6z
Noticias 24, 19 de agosto de 2009, Dice que periodistas de la Cadena Capriles agredidos “provocaron” lo que les pasó. Recuperado el 13/08/14 en http://goo.gl/Y8VxrD
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