El Tribunal Superior Tercero en lo Civil, el 29 de marzo, declaró “inadmisible” el recurso de Amparo Constitucional interpuesto por Espacio Público para exigir el derecho a la información referente a la Tasa de Criminalidad de los años 2008, 2009, 2010 y primer semestre de 2011, así como el número de homicidios del primer semestre de 2011 que maneja del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC).
La juez Deyanira Montero Zambrano del Tribunal Superior Tercero en lo Civil, lo declara “inadmisible” por considerar que la información solicitada no es competencia del CICPC, contradiciendo así el artículo 11, numeral 3 de la Ley del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas que establece que este ente es responsable de elaborar y analizar las estadísticas de criminalidad. Ante esta respuesta, Espacio Público inició el proceso de apelación, el 18 de abril, en la Corte de lo Contencioso Administrativo.
Espacio Público introdujo, el 20 de marzo, un recurso de Amparo Constitucional ante el Tribunal Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, esto ante el silencio administrativo del CICPC, luego de realizar una solicitud de información pública el 06 de septiembre de 2011.
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