Funcionarios del Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro (Conas) detuvieron, el 26 de abril, al profesor universitario, Fernando Antonio Marcano Ferrer, por publicar en su cuenta en la red social Facebook mensajes quejandose del gobierno.
Según un reporte de la Región Estratégica de Defensa Integral Marítima e Insular (Redimain), el profesor presuntamente habría escrito mensajes “instigando a la población a realizar actos vandálicos en instalaciones del estado y comercios en general en la Isla de Margarita”.
Marcano se mantiene detenido en la sede del Conas y al momento de la detención le fue decomisado su teléfono celular como “evidencia de interés criminalístico”.
En entrevista con Espacio Público, su abogada, Tatiana Aguilar confirmó que al profesor se le está imputando instigación al odio, contenida en la inconstitucional “ley” contra el odio.
En el marco de las demandas sociales con discurso político es frecuente que se expresen términos ofensivos contra el Estado o sus funcionarios. La criminalización de la crítica política es contrario a la democracia.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) establece que la libertad de expresión “debe garantizarse no sólo en cuanto a la difusión de ideas e informaciones recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también en cuanto a las que ofenden, inquietan o resultan ingratas al Estado o cualquier sector de la población”. Además, la CIDH también explica que “el tipo de debate político a que da lugar el derecho a la libertad de expresión generará inevitablemente ciertos discursos críticos o incluso ofensivos para quienes ocupan cargos públicos o están íntimamente vinculados a la formulación de la política pública. De ello se desprende que una ley que ataque el discurso que se considera crítico de la administración pública en la persona del individuo objeto de esa expresión afecta a la esencia misma y al contenido de la libertad de expresión“.
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