Detenciones y deportaciones: Asedio a la prensa extranjera

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Por Marysabel Rodríguez T1

La situación venezolana resulta de especial atención para la comunidad internacional ante su complejidad, duración e implicaciones. En 2017, la agudización de la crisis política desencadenada por la ruptura del orden constitucional, fue paralela al empeoramiento económico y social, lo que marcó el tránsito hacia la crisis sistémica de mayor gravedad de la historia contemporánea nacional, hasta convertirse en un problema para los países vecinos de la región.

Los procesos arbitrarios por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), que concluyeron en el cierre de 54 emisoras, así como la escasez de papel prensa que afectó al menos a unos 17 periódicos, dan cuenta de un reducido ecosistema de medios que impide a los venezolanos conocer la real dimensión de la crisis que atraviesan.

La desinformación sobre temas de interés público responde a una lógica estatal que cuestiona o criminaliza la búsqueda de información y la difusión de opiniones críticas. Desde obstaculizar la venta de papel, negar la actualización de las concesiones a estaciones de radio y televisión, el envío cada vez más regular de “exhortos” a los medios para que eviten abordar la problemática social o económica, hasta el impedimento de la cobertura de calle por cuerpos de seguridad, son mecanismos que frenaron la libre difusión de información e ideas en el país.

Ante este cerco comunicacional, los medios internacionales se convirtieron en una opción para aquellos que contaban con servicios de televisión por cable. Sin embargo, las arremetidas contra la prensa extranjera, también fueron contundentes, en represalia por transmitir hechos que no eran mostrados en los medios nacionales.

Menos cobertura

El canal colombiano NTN24 Venezuela  fue sacado de la parrilla de programación tras hacer cobertura en vivo de las manifestaciones del 12 de febrero de 2014, donde resultaron dos personas fallecidas luego de la arremetida de cuerpos de seguridad. El medio fue acusado de “transmitir la zozobra de un golpe de Estado”. También fueron bloqueados varios dominios del sitio web.

El 15 de febrero de 2017, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) ordenó a los cableoperadores y otros servicios de televisión por suscripción eliminar las transmisiones del canal internacional de noticias CNN En Español. La decisión de Conatel cumple con las instrucciones del poder ejecutivo en represalia por la difusión de la investigación Pasaportes en la sombraque dio cuenta de una red de ventas de pasaportes, que involucra a altos funcionarios del gobierno.

El canal estadounidense fue el primero de cinco medios internacionales que dejaron de trasmitirse en Venezuela en 2017. Durante el mes de abril, en represalia por la cobertura de las manifestaciones opositoras, el canal colombiano El Tiempo , y el canal argentino, Todo Noticias , fueron eliminados, en ambos casos durante la transmisión del noticiero. Mientras que en agosto, Caracol TV  y RCN TVfueron suspendidos.

El año pasado, 17 corresponsales extranjeros fueron expulsados del país, impedida su entrada, privados de libertad de forma ilegítima, sea bajo la figura de detención o retención, por varias horas, hasta días. En estas privaciones prolongadas se suelen confiscar los teléfonos, dejando a los periodistas incomunicados. Suelen ser interrogados por cuerpos de seguridad o servicios de inteligencia.

Detenidos por (intentar) comunicar

El 11 de febrero de 2017, el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) detuvo a los activistas y periodistas del capítulo zuliano de Transparencia Venezuela, Jesús Urbina y María José Túa, así como a los periodistas brasileños Leandro Stoliar y Gilzon Souza de Oliveira, quienes realizaban cobertura en las inmediaciones de la obra realizada por Odebrecht, conocida como el puente Nigale, sobre el Lago de Maracaibo, en el estado Zulia.

Los funcionarios detuvieron al grupo arbitrariamente para realizarles una entrevista. Los trasladaron a la sede del Sebin, donde los periodistas fueron despojados de los teléfonos celulares. A Urbina y Túa los mantuvieron detenidos hasta las 10 de la noche, mientras que los periodistas brasileños fueron trasladados hasta su hotel. Los funcionarios del Sebin, alegaron creer que los periodistas brasileños eran estadounidenses. Stoliar y Souza de Oliveira fueron expulsados del país.

w El 20 de marzo de 2017, dos corresponsales de la cadena informativa BBC Mundo, los periodistas Ian O’ Reilly y Stephen Sackur, que recopilaban información sobre las condiciones de encarcelamiento del líder opositor Leopoldo López, fueron detenidos y luego deportados. Reilly y Sackur, fueron interceptados por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) en los alrededores de la cárcel de Ramo Verde, en Los Teques, estado Miranda.

El corresponsal y su camarógrafo estuvieron detenidos por 12 horas por el Sebin. Poco después, el camarógrafo fue expulsado de Venezuela. Aunque las víctimas no ofrecieron detalles, se supo que en el momento de la detención el equipo de la BBC se encontraba en Ramo Verde, indicó Marco Ruiz, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP).

Patricio Nunes, periodista de Canal 13, de Chile, fue deportado de Venezuela el 23 de marzo tras haber llegado el día anterior al país para realizar una serie de reportajes sobre la situación política y social.

El comunicador fue abordado por la policía cuando se encontraba en un supermercado de Caracas grabando imágenes de largas filas de personas que aguardaban para adquirir productos en un contexto de desabastecimiento generalizado. Efectivos  interrogaron a Nunes, luego lo trasladaron al hotel donde se hospedaba para recoger sus pertenencias y llevarlo al aeropuerto.

El periodista franco-uruguayo Sebastián Pérez y el camarógrafo francés, Didier Barral, fueron detenidos el 11 de abril de 2017, mientras esperaban su vuelo de regreso a París, Francia, en el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía. Durante una semana, se desconoció la situación de Pérez y Barral, así como la razón de su detención en un destacamento de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB). Los comunicadores realizaron cobertura de movilizaciones opositoras así como de contrabando en la frontera con Colombia.

Pérez y Barral fueron interceptados por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) cuando esperaban tomar su vuelo de regreso. Se conoció que los comunicadores perdieron de vista su equipaje y luego de la revisión del mismo por los efectivos, estos acusaron a los corresponsales de posesión de drogas.

Tras una semana de irregularidades –entre ellas su presentación en tribunales sin defensa– fueron liberados por intervención del embajador francés ante el gobierno venezolano. El material audiovisual recopilado fue confiscado. Sus equipos no fueron devueltos.

El 7 de mayo, los periodistas José Luis Pardo y Alejandra Sánchez Inzunza, fundadores del grupo periodístico Dromómanos, fueron retenidos por funcionarios de migración en el Aeropuerto Internacional de Barcelona, en el estado Anzoátegui, hasta ser deportados, tres días después a Brasil.

Estuvieron retenidos e incomunicados por treinta horas en el aeropuerto. Personal de migración alegó que los comunicadores no contaban con vuelo de retorno, después de averiguar e interrogarlos sobre su actividad periodística.

El conductor de TV peruano Andrés Hurtado junto con los miembros de la ONG Unión Venezolana en Perú fueron detenidos en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía al disponerse a abordar un avión con 130 niños que viajarían para reencontrarse con sus padres en Perú. Hurtado fue liberado antes que los miembros de la ONG y trasladado de nuevo en avión a Lima, mientras que los demás liberados el 17 de diciembre bajo medidas cautelares y régimen de presentación cada 15 días con prohibición de salida del país.

Sin trámite que valga

Siete corresponsales extranjeros fueron expulsados del país por autoridades de migración a horas de aterrizar. El gobierno alega la ausencia de acreditaciones por parte del Ministerio de Comunicación e Información (Minci). Sin embargo, la mayoría de los periodistas indican haber iniciado la solicitud pero nunca reciben respuesta. En otros casos se exige una visa para periodistas, figura que no existe en la legislación venezolana.

Tales fueron los casos del brasilero Paulo Paranagua, corresponsal de Le Monde; los periodistas de SIC Noticias de Portugal, Luis Garriapa y Odacir Junior, declarados inadmisibles en Venezuela y deportados de regreso a su país en un vuelo de Air France; la periodista brasilera del periódico Valor Económico, Marsilea Gombata; Gabriela Donoso, periodista chilena de la agencia inglesa Reuters Latam; y el periodista argentino Jorge Lanata.

En otros casos, a pesar de contar con toda la permisología exigida por el Estado venezolano, la entrada es negada sin mayor justificación. Así sucedió con el periodista de la cadena alemana Deutsche Welle (DW), Aitor Sáez. El corresponsal llegó al país para cubrir las manifestaciones programadas para el día 23 de enero. A pesar de haber estado en Venezuela en al menos 5 veces en el último año, funcionarios del Servicio de Administración, Migración y Extranjería (Saime) lo declararon inadmisible y alegaron que no cumplió con los requisitos para ingresar al país. Sáez entregó la documentación completa durante el plazo requerido en el Consulado de Venezuela en Bogotá.

Durante su estadía en el Aeropuerto Internacional de Maiquetía, el periodista estuvo retenido por más de una hora esperando “recibir autorización del Ministerio de Exteriores” y, resguardado por tres funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana. Estuvo siete horas en territorio venezolano. Al regresar a Bogotá, la funcionaria del Consulado no le supo dar explicaciones de lo ocurrido.

La restricción no es legal

Imagen referencial, 2016

En los artículos 7 y 8, la Ley de Extranjería y Migración establece los requisitos que deben cumplir los extranjeros para ser admitidos en Venezuela y las causales explícitas de su inadmisibilidad. Para ingresar al país sólo se requiere tener un pasaporte válido vigente con el respectivo visado u otro documento que autorice su ingreso o permanencia en Venezuela. Sin embargo, para la figura o función periodística, no existe alguna especificación en relación al visado.

Las razones por las que puede ser inadmitido un extranjero en Venezuela son: (1) cuando su presencia pueda ser motivo de alteración del orden público interno como consecuencia de ser requerido por autoridades extranjeras por causas penales; (2) cuando hayan sido expulsados de Venezuela y tengan vigente prohibición de entrada al país; (3) cuando hayan cometido delito mientras no hubieren cumplido condena; (4) cuando hayan incurrido en violaciones a los Derechos Humanos o el Derecho Internacional Humanitario; (5) cuando estén vinculados con el tráfico de sustancias estupefacientes o psicotrópicas; (6) cuando padezcan enfermedades contagiosas.

El artículo 38 de la misma Ley establece que podrán ser deportados los extranjeros que hayan ingresado a Venezuela para desempeñar “actividades sometidas a la autorización laboral y no cumplan con dicho requisito”.

Sin embargo, el artículo 17, numeral 4, señala que “los trabajadores de medios de comunicación de otros países debidamente acreditados para el ejercicio de las actividades informativas” no requieren de la autorización laboral para el ejercicio. Esta acreditación debe ser otorgada por el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación e Información (Minci).

Ninguna de estas razones fue presentada por parte de las autoridades del Saime a los periodistas que les prohibieron la entrada al país. Espacio Público pudo conocer que en algunos casos señalaron directamente que eran periodistas, por lo que sabían esta información incluso antes de su llegada al territorio venezolano.

La omisión como patrón restrictivo

El Estado venezolano impide deliberadamente la entrada de comunicadores que vienen al país a realizar trabajos periodísticos asociados a la coyuntura política y social. En este sentido, todo periodista que tenga un pasaporte válido, la acreditación correspondiente y el visado –que depende del país de procedencia, y no de la profesión ejercida– puede ingresar al país y no incurre per se en causa alguna de inadmisibilidad.

La mayoría de los periodistas deportados manifestaron que iniciaron el proceso de acreditación ante el Minci pero que nunca recibieron respuesta una vez enviada la solicitud. De acuerdo con la información obtenida por Espacio Público, el ministerio mantiene una política discriminatoria en el otorgamiento de estas acreditaciones, al abstenerse de dar respuestas oportunas a los periodistas que las solicitan y exigir requisitos extraordinarios.

En el caso de que un periodista no cuente con la debida acreditación del Minci para su ejercicio en Venezuela, podrá abrirse el procedimiento de deportación, de acuerdo con los artículos 41 y siguientes de la Ley. Este procedimiento, abierto en todo caso luego de su ingreso al territorio nacional, incluye el debido derecho a la defensa, tiempos y garantías para la evaluación correcta de la situación con la motivación adecuada.

Sin embargo, en algunos casos registrados, los comunicadores fueron incomunicados, con la confiscación de teléfonos, así como también fueron obligados a permanecer en las instalaciones del aeropuerto, sin libertad de movimiento, por horas y días, sin garantías de acceso a servicios básicos.

La existencia de una legislación no otorga legitimidad a estas restricciones indirectas al ejercicio del derecho a la libertad de expresión en el país, en particular cuando la regulación es interpretada parcialmente, alterada o incluso, omitida. El Estado retarda o niega sin motivo un requisito que él mismo exige. En este sentido, la prohibición de entrada al país no tiene fundamento auténtico, porque el Estado no cumple con sus propias disposiciones. La omisión deliberada de procesos administrativos revela el uso discrecional de las instituciones y recursos públicos a fin de negar el acceso a la información como mecanismo de censura.

La “imparcialidad” como filtro

La libertad de expresión implica que cualquier persona pueda transmitir informaciones, ideas y opiniones libremente, siempre que no afecte derechos de otras personas o constituya una amenaza a la seguridad nacional, el orden público o la salud o moral pública.

El gobierno pretende condicionar el acceso a la prensa extranjera al país bajo la exigencia de que sean “equilibrados”. No se puede obligar a ningún periodista o medio de comunicación privado a ser “imparcial” o “equilibrado” con la información que transmite, toda vez que puede responder a una determinada línea editorial o puede pretender informar a un determinado sector de la población. Tampoco puede condicionarse a un periodista o medio a actuar con “veracidad” y “oportunidad”, por cuanto debe procurarse que la información y las ideas circulen libremente, y sea la sociedad quien determine la certeza de la misma.

La veracidad, imparcialidad o equilibrio son definidos por los ciudadanos, que en la diversidad y pluralidad de información recibida, deben tener la posibilidad de sopesar, deliberar y tomar decisiones en razón de sus necesidades e intereses. En cualquier caso, la verdad no es concepto acabado ni depende de una persona o una visión de la realidad sino que responde a las demandas del contexto, a las personas interesadas y a la información disponible.

Al respecto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) indicó:

Al exigir la verdad, la oportunidad o la imparcialidad en la información se parte de la premisa que existe una verdad única e incuestionable. En este aspecto, es importante hacer una distinción entre aquellos temas que responden a hechos concretos y de posible comprobación fáctica, de los que corresponden a juicios de valor. En este último caso, es imposible hablar sobre veracidad o no de la información. La exigencia de veracidad puede implicar la censura casi automática de toda aquella información que es imposible de someter a prueba, lo que anularía, por ejemplo, prácticamente todo el debate político sustentado principalmente en ideas y opiniones de carácter netamente subjetivo. Inclusive en aquellos casos en que la información se refiera a hechos concretos de probable comprobación fáctica, también es imposible exigir la veracidad de la misma, ya que es indudable que sobre un mismo hecho concreto puede existir un gran número de interpretaciones marcadamente distintas. Por otro lado, asumiendo inclusive que sea posible determinar la verdad sobre todas las cosas, es indudable que precisamente el debate y el intercambio de ideas es el método indicado para la búsqueda de la misma y el fortalecimiento de sistemas democráticos basados en la pluralidad de ideas, opinión e información. Si de antemano se impone la necesidad de informar únicamente la verdad, precisamente se niega la posibilidad de efectuar el debate necesario para conseguirla.

Según la legislación venezolana, los trabajadores de medios de comunicación de otros países están exentos de una autorización especial de trabajo y sólo necesitan estar debidamente acreditados para cumplir sus funciones. En ningún momento se plantea en la ley la expulsión o deportación de trabajadores de la prensa por realizar su trabajo periodístico.

Con las acciones arbitrarias antes descritas, el Estado no solo violenta el derecho a la libre expresión de los corresponsales afectados, sino que limita aún más el ecosistema de medios en Venezuela, y con ello impide el debate sobre los asuntos críticos que interesan a los ciudadanos.

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