TSJ niega demanda contra Maduro por no informar sobre ratificación del PIDESC

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La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió el 18 de noviembre de 2015 declarar inadmisible una demanda realizada por PROVEA a principios de 2014 en contra del Presidente de la República, Nicolás Maduro,  por no proveer información sobre los avances de las gestiones internas que se llevan a cabo para la ratificación y depósito del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

La Sala consideró que no se justificaba suficientemente las razones por las cuales se solicitaba ésta información. Además, reiteró su criterio de que las peticiones de información atentan contra la eficacia y eficiencia de la administración pública, pues son abusivas y entorpecen el normal funcionamiento de la actividad administrativa.

En noviembre de 2010, PROVEA realizó una primera demanda contra Nicolás Maduro, entonces Ministro del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, por no proveer información sobre el estado del trámite para la ratificación de este Protocolo. La Sala Político Administrativa admitió esta demanda el 26 de enero de 2011, ordenando a Nicolás Maduro que informara las razones por las cuales no había provisto la información requerida.

Luego de ésta decisión, el gobierno venezolano decidió firmar el Protocolo, hecho que se concretó el día 4 de octubre de 2011. Sin embargo, aún queda pendiente la ratificación por parte de la Asamblea Nacional y el correspondiente depósito en la Secretaría de Naciones Unidas.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales fue ratificado por Venezuela el 10 de mayo de 1978, quedando así establecidos compromisos internacionales en cuanto a los derechos al trabajo, sindicalización, seguridad social, familia, nivel de vida adecuado, salud física y mental y educación. Sin embargo, éste Pacto no contenía mecanismos para que una persona a la que le hubiesen vulnerado alguno de éstos derechos pudiera ejercer un reclamo internacional.

Ésta posibilidad se abrió el 10 de diciembre de 2008, con ocasión del 60° aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuando se adoptó en Naciones Unidas el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales. Éste documento crea un sistema que permite que personas o grupos de personas puedan establecer quejas ante el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales por violaciones a los derechos señalados en el Pacto.

Fuentes:

Decisión Sala Político Administrativa 18 de noviembre de 2015 http://goo.gl/MFBUX3

Provea: El sistema de justicia venezolano continua privilegiando los intereses del Estado sobre los derechos ciudadanos. http://goo.gl/o81fCd

Decisión Sala Político Administrativa 26 de enero de 2011 http://goo.gl/vw4wBz

Naciones Unidas. Estado de firma y ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. https://goo.gl/HdQOf9

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