Un trabajador de PDV Comunal denuncia que están obligando a los empleados a firmar, bajo amenaza de despido, un documento dirigido a la Fiscal General de La República que responsabiliza a Henrique Capriles de “incitar al odio” y al desarrollo de “una cantidad de hechos violentos perpetrados por sus seguidores”; por lo que solicitan “la individualización del autor o autores intelectuales y materiales de los delitos a que diera lugar”.
Repudiamos estas acciones, a ningún ciudadano se le puede obligar a respaldar con su firma documentos de índole legal en contra de su voluntad, todo ciudadano tiene derecho de manifestar sus opiniones libremente, así como tiene derecho a disentir y al libre pensamiento. Resguardamos la seguridad del denunciante protegiendo su identidad.
Transcripción del documento:
CIUDADANA
FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA
SU DESPACHO.-
Nosotros, los abajo firmantes, venezolanas y venezolanos, domiciliados en esta Entidad Federal, actuando en nuestro propio nombre y en representación de los intereses colectivos y difusos de los habitantes de la Republica (sic) Bolivariana de Venezuela, acudimos ante usted con el debido respeto en nuestra condición de víctimas a los fines de solicitar: en su condición de Garante de la Paz, la Estabilidad Política, Cultural, Geográfica, ambiental, Justicia Social y del Bien Común, debido a los hechos acaecidos luego de conocerse los resultados del proceso electoral del día domingo catorce (14) de abril de (sic) año 2013, anunciados por el Consejo Nacional Electoral (CNE); donde vimos como se iniciaban flagrantes violaciones al goce y ejercicio de algunos de nuestros derechos constitucionales, de manera pública, notoria y comunicacional; que a través de Rueda de Prensa transmitida por los medios de Comunicación Privados, el ciudadano Henrique Capriles Radonski, titular de la cédula de identidad V- 9.971.631, domiciliado en la Parroquia Baruta, Municipio Baruta, Estado Miranda, desconoció los resultados emitidos por el Poder Electoral, donde se proclamó al ciudadano Nicolás Maduro Moros, como nuestro Presidente Constitucional. En este mismo acto el ex candidato Henrique Capriles Radonski llamó a sus seguidores que a partir del lunes 15, martes 16 de Abril (sic) de 2013 hasta el momento, realizaran acciones de protesta, incitando al odio, donde igualmente los medios de comunicación difundieron de manera irresponsable, continuas ruedas de prensa que incitaban al desarrollo de una cantidad de hechos violentos perpetrados por sus seguidores. Dichas olas de violencia lesionaron nuestros derechos constitucionales, como lo son el Derecho a la Vida, a la Salud y a la ´propiedad, de igual manera fueron limitados nuestros derechos al Libre Transito (sic) y al Libre Desenvolvimiento por todo el territorio nacional. Todas estas acciones trajeron como consecuencia que los nueve (09) compatriotas quienes respondieran a los nombres: José Luís Ponce, rosa Inés del Valle Reyes, Luís Eduardo García Polanco, Ender Bastardo, Henry Rangel La Rosa, Keber Guevara, Johan Antonio Hernández Acosta y dos (02) menores de edad perdieran la vida y se pusieran en riesgo la de otros setenta y ocho (78), así como la destrucción de varios Centro (sic) Integrales de Salud (CDI), de varias sedes del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) a Nivel Nacional (sic) y la destrucción del Alumbrado Eléctrico Publico (sic) entre otros daños. Debido a los hechos referidos, las personas que planificaron, incitaron y participaron en los hechos antes referidos, se encuentran incursos en la comisión de varios delitos, como la instigación a delinquir, el llamamiento a la guerra, el desconocimiento a la autoridad, entre otros; razón por la cual deben ser investigados y sancionados, toda vez que han atentado contra derechos constitucionales, como es la paz, la salud y la vida de todas y todos los venezolanos. Por todo lo ante (sic) expuesto y de conformidad con lo establecido en nuestra Carta Magna en su Artículo 26, le solicitamos la celeridad en la investigación de dichos hechos, así como la individualización del autor o autores intelectuales y materiales de los delitos a que diera lugar; es por lo que exhortamos por parte de la Institución que dignamente usted representa la CELERIDAD PROCESAL, Y LA BUENA MARCHA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, tal como lo ordena el artículo 285 numeral 2° de nuestra carta magna. Fundamentamos la presente solicitud en el Preámbulo y en los Articulos 26, 27, 51 y 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 282, 287 291 del Código Orgánico Procesal Penal y otros delitos de acción pública. ¡PARA QUE EXISTA PAZ DEBE PREEXISTIR JUSTICIA Y LA MISMA DEBE SER OPORTUNA, LOS VENEZOLANOS QUEREMOS PAZ! En la ciudad de Caracas, a la fecha de su presentación.
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