Piden adherirse al rechazo contra sentencia sobre protestas

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La coalición de organizaciones de derechos humanos “Foro por la Vida”, conformada por Provea, Cofavic, Espacio Público y Centro DDHH de la UCAB, junto a otras organizaciones como el Observatorio Venezolano de Conflictividad Social, rechazaron la  interpretación del artículo 68 de la Constitución Nacional y de los artículos 41, 43, 44, 46 y 50 de la Ley de Partidos Políticos y Manifestaciones realizada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que exige la solicitud de permisos para ejercer el derecho a la manifestación pacífica y la reunión pública en el territorio nacional.

“Al respecto afirmamos que ni el artículo 68 de la Constitución ni la Ley de Partidos Políticos, Rees Públicas y Manifestaciones establecen la solicitud de ningún tipo de aval o autorización para ejercer el derecho a la manifestación. Al mismo tiempo reiteramos que para ejercer derechos humanos no se necesitan permisos”, señalaron.

Asimismo, aclararon que el artículo 43 de la Ley de Partidos Políticos, Rees Públicas y Manifestaciones establece que quienes quieran ejercer el derecho constitucional a la manifestación “deberán participarlo con veinticuatro horas de anticipación cuando menos” y agregan que “la norma expresamente confirma la notificación a las autoridades y no la solicitud de permisos, con el fin de que las autoridades apliquen protocolos de seguridad ciudadana y tránsito terrestre para garantizar la vida e integridad de manifestantes y terceros. Destacamos que esta Ley tiene como fin garantizar y promover la manifestación pacífica y no su impedimento”.

El Foro por la Vida y el Observatorio Venezolano de Conflictividad Social denunciaron que con esa sentencia el TSJ desconoce el artículo 53 de la Carta Magna donde se establece que  “toda persona tiene el derecho de reunirse, pública o privadamente, sin permiso previo, con fines lícitos y sin armas. Las rees en lugares públicos se regirán por la ley” y desconoce los estándares internacionales en materia de derechos humanos”.

También aseguran que el máximo Tribunal del país avala la represión por parte de los cuerpos armados del Estado contra los ciudadanos por el ejercicio de sus derechos, al señalar que “cualquier concentración, manifestación o reunión pública que no cuente con el aval previo de la autorización por parte de la respectiva autoridad competente para ello, podrá dar lugar a que los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público a los fines de asegurar el derecho al libre tránsito y otros derechos constitucionales, actúen dispersando dichas concentraciones con el uso de los mecanismos más adecuados para ello, en el marco de los dispuesto en la Constitución y el orden jurídico”. Además, exhortaron a las autoridades venezolanas “a respetar la Constitución y las leyes de la República en términos de garantizar los derechos humanos de la población y no a promover su violación”.

Si usted desea adherirse a esta declaración, individualmente (nombre, actividad y cédula de identidad) o desde su organización, puede enviar un correo electrónico a la dirección: vocería.foroporlavida@gmail.com.. También pueden hacerlo on line directamente al formulario de Google Drive en la siguiente dirección: http://goo.gl/IgB7Xy

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