Espacio Público exige al Estado venezolano respetar y garantizar el derecho a la libertad de expresión a trabajadores de medios de comunicación y ciudadanos durante y después del evento electoral relativo a la Asamblea Nacional Constituyente.
El 29 de Julio el Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió los “Lineamientos de cobertura de medios de comunicación en centros de votación”, en los que prohíbe a los medios ingresar a los centros electorales sin acreditación especial, y a transmitir dentro de los centros de contingencia (Poliedro de Caracas y Palacio del Deporte de los Teques), exigiendoles guardar una distancia de 500 metros con la finalidad de “resguardar a electores y electoras”.
Las acreditaciones fueron negadas al Correo del Caroní, el Pitazo, Vivo Play, la Patilla, Analítica.com, CNN en Español, Notiminuto, así como a la prensa extranjera, entre ellos al periodista Jorge Lanata, quien fue deportado del país el 27 de julio, sumándose a los periodistas del SIC Noticias de Portugal, Luis Garriapa y Odacir Junior. Tras los lineamientos del CNE, ninguno de estos casos fueron atendidos.
Durante el desarrollo del evento el 30 de julio, la Presidente del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, llamó al canal Venevisión para reclamar la falta de cobertura de la jornada electoral y cuestionar su línea editorial. Advirtió Lucena: “ha habido como menos cobertura de lo que ustedes normalmente hacen en cada proceso electoral”. Luego de esta conversación, al personal de Venevisión se le permitió la entrada al centro de votación en La Rinconada.
Pese al reclamo del Poder Electoral, efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) y de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) impiden la cobertura de la elección de candidatos a la ANC. En el Paraíso la GNB prohibió el trabajo periodístico y amenazó con dañar equipos de VivoPlay y El Nuevo País. Horas más tarde, el periodista de Venevisión, Euclides Sotillo, fue retenido y arrastrado por la GNB, rodeado por encapuchados e intimidado; en Altamira, la PNB disparó a quemarropa contra la periodista Mariana de Barros y el equipo de Vivoplay. También hurtaron motos de equipos de prensa y las quemaron, entre las cuales se encuentra la del periodista Héctor Antolínez del portal digital ContrapuntoVzla.
El discurso político y sobre asuntos de interés público es un tipo de expresión especialmente protegido por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. El Comité de Derechos Humanos en su Observación General 34 subraya la centralidad de la libertad de expresión en eventos electorales y señala que el bloqueo a las fuentes de debate político, como a los medios de comunicación e información, durante los períodos electorales, no resulta admisible, salvo por una necesidad imperiosa y proporcional en una sociedad democrática.
El evento electoral sobre candidatos a la ANC es un asunto de participación política, por tanto de interés público, por el cual deben privilegiarse los derechos humanos relacionados al voto, los derechos a la libertad de expresión, reunión y manifestación pacíficas. En términos del Comité de Derechos Humanos en su Observación General 25: “la libre comunicación de información e ideas acerca de las cuestiones públicas y políticas entre los ciudadanos, los candidatos y los representantes elegidos es indispensable. Ello comporta la existencia de una prensa y otros medios de comunicación libres, capaces de comentar cuestiones públicas sin censura ni limitaciones, así como de informar a la opinión pública”.
En relación con la exigencia de las acreditaciones y las restricciones de cobertura, como señala la Relatoría de Libertad de Expresión de la CIDH, atendiendo al importante papel de control que desempeñan periodistas y medios de comunicación en el sistema democrático, más aún en el marco de eventos electorales; a los periodistas no se les debe exigir licencia o registro para ejercer su labor, pues es incompatible con su derecho y deber de informar.
Sobre las declaraciones de autoridades estatales, cabe precisar que los Relatores para la Libertad de Expresión de la ONU, la OSCE, la OEA y la Comisión Africana en su “Declaración Conjunta sobre medios de comunicación y elecciones”, destacaron el rol fundamental de los medios de comunicación para plantear temas electorales e informar a la ciudadanía de manera abierta y plural, señalando que “sólo los medios de comunicación diversos e independientes, incluyendo las emisoras de servicio público independientes del poder político, pueden cumplir este papel”. Así, resulta ilegítimo que la Presidenta del CNE interfiera o emita señalamiento crítico desde el Poder Público respecto de la línea editorial de un medio de comunicación o portal informativo, en particular frente a un evento electoral.
Por último, debe recordarse al Estado que las obligaciones que imponen los derechos a la libertad de expresión, reunión y manifestación conllevan la protección de la integridad física, vida y libertad personal de todas las personas que decidan ejercerlos. Estas obligaciones adquieren mayor importancia en el contexto de eventos electorales, considerando la particular necesidad de informar y generar debate público en torno al proceso celebrado.
Desde Espacio Público se exige al Estado venezolano:
1- Cesar las declaraciones hostiles en contra de la libertad de expresión y favorecer un ambiente fértil para el ejercicio de las libertades democráticas y derechos relacionados.
2- Prevenir, investigar, sancionar y reparar diligentemente todas las violaciones contra la libertad de expresión, así como contra los derechos de reunión y manifestación pacíficas.
3- Respetar y garantizar conjunta y plenamente todos los derechos humanos con ocasión del proceso inconstitucional relativo a la Asamblea Nacional Constituyente.
4.- Ordenar los procesos administrativos o judiciales contra los funcionarios que retuvieron, agredieron u hostigaron el trabajo de los periodistas en el transcurso de la jornada del 30 de julio de 2017.
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