Conatel inicia proceso sancionatorio contra La Mega 107.3 FM y Líder 94.9 FM

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La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) inició este jueves 21 de junio un “procedimiento sancionatorio administrativo” contra las emisoras de radio La Mega 107.3 FM y Líder 94.9 FM con sede en Caracas.

Para Conatel el proceso sancionatorio está justificado por el presunto incumplimiento de los artículos 10, 27 y 29 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Resortme) en el que incurren ambas estaciones.

La nota de prensa divulgada por la comisión expresa que La Mega 107.3 FM puede ser sancionada por “la difusión de mensajes a través del programa Galanes de Radio cuyo contenido podría resultar inapropiado para el horario destinado especialmente para las niñas, niños y adolescentes”1.

Conatel explica en su nota de prensa que el contenido divulgado en el programa “podría atentar contra su formación integral, circunstancias que de comprobarse, podrían resultar sancionados de conformidad con los artículos 27 y 29 de la Ley”.

Asimismo, el procedimiento iniciado contra la emisora Líder 94.9 FM es por el supuesto incumplimiento de la difusión de “mensajes y alocuciones oficiales del Estado, establecido en el artículo 10 de la mencionada ley de responsabilidad social”.

La Ley Resorteme en su artículo 27 establece sanciones desde las 50 hasta las 200 Unidades Tributarias, mientras que en su artículo 29 específica multas de hasta un diez por ciento de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior en el que se cometió la infracción, así como también la suspensión de hasta 72 horas continuas de transmisión o incluso “la revocatoria de la habilitación administrativa y concesión2.

La nota de prensa expresa que tanto La Mega como Líder san sido “instados a cumplir con las previsiones de la LRSRTME en reiteradas oportunidades e hicieron caso omiso de ello”, por cuentan con 10 días hábiles a partir de la notificación para presentar sus alegatos ante la Comisión.

Los Exhortos de Conatel

La política de los exhortos inició en mayo con la apertura de un proceso administrativo sancionatorio de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) contra el portal de noticias El Nacional Web, por el presunto incumplimiento de la normativa prevista en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Resorteme) y la ilegítima “Ley” Contra el Odio.

El procedimiento contra el medio digital es consecuencia de la difusión de mensajes que “desconocen a las autoridades legítimamente constituidas e incitación al odio”; por ello el ente regulador de comunicaciones en el país invoca el incumplimiento del artículo 27 de la Ley Resorteme y el 14 de la ilegítima “Ley Contra el Odio”.

Tres días después Conatel se armó contra el canal de noticias Globovisión con un exhorto a dar  luego de que transmitiera una entrevista con el ex candidato presidencial, Alejandro Ratti, donde presuntamente “desconocen a las autoridades legítimamente constituidas”3. En el documento Conatel expresa que durante la transmisión del programa Primera Página el pasado 22 de mayo,  un excandidato presidencial (Ratti) instó al desconocimiento de los Poderes Electoral y Ejecutivo.

El mismo día Conatel advirtió a Radio Aragua y a Arnoldo Benítez, conductor del programa “Aragua Defiéndete” y diputado a la AN, que las declaraciones expresadas en el espacio radial son “irresponsables” y que llaman a la “intolerancia y la zozobra”, por lo que se les instó a través de una comunicación a abstenerse de difundir mensajes que respondan a esas características.

Este tipo de procedimientos corresponden a una práctica de censura gubernamental indirecta que busca influir en los medios de comunicación amenazándolos con cierres, multas y cese de concesiones en caso de seguir divulgando contenido que el Gobierno considere inapropiado.

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