CIDH recibe amicus curiae sobre el caso RCTV

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recibió, este 29 de mayo, un escrito de amicus curiae presentado por la ONG Espacio Público, el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) sobre el cierre de Radio Caracas Televisión (RCTV).

Durante la audiencia, que culminará el 30 de mayo, los jueces de la Corte escucharon declaraciones de una víctima y un perito propuestos por los representantes de los afectados.

El amicus curiae tiene por objeto demostrar que el propósito de la no renovación de la concesión del canal RCTV constituye un medio para silenciar las voces críticas al Gobierno y construir una hegemonía comunicacional. El documento contiene un resumen de hechos del caso, recordando que de acuerdo a la información suministrada por los peticionarios el Estado había otorgado a RCTV una concesión para operar como estación de televisión abierta y usar el espectro radioeléctrico por 20 años, por lo cual la concesión culminaba el 27 de mayo de 2007. También se establecía que al finalizar este período los concesionarios tendrían preferencia para la extensión de la concesión.

También se expuso que posteriormente, con la promulgación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL) en al año 2000, el Estado estableció un nuevo régimen; sin embargo, acorde al artículo 210 de LOTEL, el plazo dispuesto en el Decreto Nº 1.577 para las concesiones ya otorgadas sería respetado. RCTV solicitó la adaptación de su título al nuevo régimen, iniciándose un proceso administrativo ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) el 5 de junio de 2002.

En consecuencia, se presentaban dos escenarios posibles: en primer lugar, si se aplicaba lo estipulado por el artículo 210 de la LOTEL en conjunto con el artículo 3º del Decreto No. 1.577, la concesión de RCTV debió renovarse el 12 de junio de 2002 por un lapso de 20 años. En segundo lugar, si se aplicaba el Decreto No. 1.577 que antecedió a la LOTEL, la concesión debió extenderse por otros 20 años a partir de su fecha de expiración, el 27 de mayo de 2007, con lo cual expiraría el 27 de mayo de 2027.

Panorama de medios

En el amicus curiae se explicó la situación mediática en Venezuela, la cual “presenta una tendencia informativa oficialista gracias a que el Estado ha dispuesto mecanismos económicos, institucionales y de control, a favor del predominio de la línea comunicacional gubernamental en radio, prensa y televisión. Como consecuencia diversos medios de comunicación social independientes o críticos a la gestión de gobierno han optado por modificar su editorial para favorecer los mensajes oficialistas”.

Peticiones

Espacio Público, el CNP y el SNTP, solicitaron admitir el amicus curiae en este caso y también “tomar en cuenta los conceptos de derecho internacional planteados en el escrito”.

Las organizaciones nombradas anteriormente pidieron a la CIDH considerar los datos aportados por Espacio Público sobre la monopolización de medios en Venezuela y tomarlos en consideración en el análisis del caso y por último que “la Corte considere la oportunidad para pronunciarse sobre la creación de estándares para el otorgamiento de concesiones radioeléctricas con el objetivo de prevenir la posibilidad de que las facultades estatales sean utilizadas para premiar o castigar a los medios según su línea editorial y, asimismo, fomentar el pluralismo y la diversidad en el debate público”.

Fuente:

Información levantada por Espacio Público el 29 de mayo de 2014

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