Censura contra la jueza María Afiuni

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La jueza María Lourdes Afiuni acudió este lunes 17 de junio al Palacio de Justicia, para conocer las medidas de su libertad condicional, luego de que el viernes pasado se le hiciera entrega de la boleta de excarcelación. Deberá presentarse cada 15 días ante tribunales y no podrá emitir comentarios ni declaraciones a los medios ni a través de las redes sociales, lo que implica un medio de censura a su libre expresión.

La medida fue solicitada por la Fiscalía para que la juez pudiera trasladarse libremente para hacerse chequeos y tratamientos médicos, ya que presenta problemas de salud. José Amalio Graterol, abogado de Afiuni, detalló que su defendida debe presentarse cada 15 días en el tribunal, tiene prohibición de salida del país y como ha sucedido en otros casos (Oswaldo Álvarez Paz, Alejandro Peña Esclusa, Lázaro Forero) no puede hacer declaraciones a los medios sobre su caso, ni podrá utilizar las redes sociales para expresar sus opiniones.

Esta medida suprime la libertad de expresión de la jueza y significa un mecanismo de censura. En el artículo 304 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP) se establece que las partes deben guardar reserva de la información contenida en la investigación para evitar obstaculizar el proceso, hasta que se presente el acto conclusivo. Ahora el caso Afiuni se encuentra en la fase de juicio, que es oral y público; concluida la investigación no hay razones legítimas para prohibir a la jueza a emitir información sobre su caso.

Igualmente, el artículo 57 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que “toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura”, por lo tanto esta medida va en contra de los derechos consagrados en la ley máxima venezolana.

Joaquin Chaffardet señala que esa prohibición de declarar a los medios o expresar opiniones no está contemplada en el COPP ni en ninguna ley venezolana; pero en la reforma realizada por la Asamblea Nacional en el año 2001, al artículo 256 se le agregó un numeral que expresa: “9. Cualquier otra medida preventiva o cautelar que el tribunal, mediante auto razonado, estime procedente o necesaria”, lo cual en su opinión le otorga “al tribunal la facultad de “inventar”, como en este caso, medidas no previstas en la ley”.

19.06.2013

La jueza Afiuni acudió a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura junto a sus abogados, quienes solicitaron la reincorporación inmediata al Poder Judicial como juez de primera instancia. Graterol, uno de los abogados, declaró que proximamente apelarían la decisión que niega a la jueza la posibilidad de declarar a la prensa e interactuar a través de las redes sociales.

31.07.2013 

Ratifican censura a la jueza Afiuni: http://bit.ly/19zNCxn 

Fuentes

Analítica.com, 17 de junio de 2013, ¿Afiuni en libertad? Otra prohibición prohibida. Recuperado el 18/06/2013 en http://bit.ly/12T68ir

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1999. Recuperado el 18/06/2013 en http://bit.ly/10uyD4u

El Nacional, 17 de junio de 2013. Afiuni está en el Palacio de Justicia para conocer medidas cautelares. Recuperado el 17/06/2013 en http://bit.ly/11U7qWY

La Verdad, 17 de junio de 2013, Afiuni va al Palacio de Justicia para conocer medidas de libertad. Recuperado el 17/06/2013 en  http://bit.ly/11U81YM

Tal Cual, 17 de junio de 2013, Afiuni en el palacio. Recuperado el 17/06/2013 en http://bit.ly/14gFhbF

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