En la mañana del miércoles 19 de agosto, llegó a la sede del diario El Nacional una circular, con fecha del 17 de agosto, donde se decreta medida de prohibición de enajenar y gravar a la casa editorial por la demanda impuesta por Diosdado Cabello.
La circular fue enviada por el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREM) y cita: “el 17 de agosto de 2015, contenido del juicio que por DAÑO MORAL, que sigue el ciudadano DIOSDADO CABELLO RONDÓN, contra la sociedad C. A., EDITORIAL EL NACIONAL, ante ese Juzgado mediante sentencia de esa misma fecha DECRETÓ MEDIDAS DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, la cual recayó sobre el bien inmueble constituida por una parcela de terreno ubicada en la Urbanización los Cortijos de Lourdes, en la Segunda (2da) Avenida con Cuarta (4ta) Transversal, jurisdicción del Municipio Sucre, estado Miranda…”, sede de El Nacional.
La prohibición de enajenar y gravar impide que, en este caso, El Nacional, tenga la facultad de disponer de sus bienes inmuebles, sin restringir su uso y disfrute, para asegurar el eventual cumplimiento de la decisión judicial. En este sentido, El Nacional no podrá vender, donar, hipotecar, abandonar, destruir o desligarse en forma alguna de su propiedad mientras se mantenga esta medida.
Esta medida forma parte de las restricciones administrativas impuestas al medio desde que se conoció de la demanda en su contra por parte del diputado Diosdado Cabello, luego de que el rotativo se hiciera eco de una información publicada por ABC de España donde se señalaba a parlamentario de narcotraficante.
Fuente:
El Nacional, 19 de agosto de 2015, Decretan medidas de prohibición de enajenar y gravar edificio de El Nacional. Recuperado el 19/08/2015 en http://goo.gl/T9GzMs
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