Este 24 de marzo de 2024, se impuso la reducción de la jornada laboral en la administración pública, dando como razón la “emergencia climática”, una restricción que afecta y retrasa el acceso a la justicia y otros derechos asociados a la prestación de servicios en la administración pública exceptuando, según la disposición, a los organismos encargados de prestar servicios esenciales a la población.
La notificación se dio a través de un comunicado difundido por el gobierno de Nicolás Maduro el 23 de marzo, que explica que el trabajo en las dependencias oficiales estará limitado durante seis semanas a un horario de 8:00 a.m. a 12:30 p.m.. Además, se implementará un esquema denominado 1×1, que alterna días laborables y no laborables, “para reducir el consumo energético”.
El gobierno llamó a la población a acompañar estas acciones con medidas como el “ajuste de la temperatura de los aires acondicionados a 23°C, el aprovechamiento de la luz natural y la desconexión de aparatos electrónicos”, cuando no se estén utilizando. 1.
Las acciones pautadas en este comunicado afectan el derecho al acceso a la justicia, pues las personas no pueden hacer diligencias, denuncias, demandas o acciones legales en el mismo día que lo intentan, después del horario fijado. Por otra parte, no se dieron más detalles de estas restricciones más allá de la comunicación oficial.
La resolución Nº 2025-003, del 24 de marzo de 2025, emitida por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ratifica la “medida temporal generada por la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica”; y resuelve que todos los juzgados de la República tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia, y que los jueces, cualquiera que sea su competencia, continuarán los actos o audiencias que hayan iniciado dentro del horario acordado”.
Sin embargo, este lunes 24 reinó la incertidumbre entre las personas que hacían la cola para el ingreso al Palacio de Justicia, en el centro de Caracas, bien para asistir a juicios, a presentaciones, o para saber sobre sus casos.
La decisión gubernamental, en consecuencia, pudiera vulnerar el derecho al debido proceso, pues en caso de no atenderse a las víctimas en los días no laborales, se genera un retraso procesal que agrava la situación preexistente y facilita la acumulación de casos.
De hecho, de acuerdo con testimonios recogidos en las afueras del Palacio de Justicia, cuyos nombres se omiten para garantizar la integridad de la personas, algunas de las actuaciones o audiencias que se iban a celebrar el lunes 24, no tuvieron lugar y los afectados deben esperar a que les fijen un nuevo día.
Otro de los derechos que se transgrede con este tipo de resoluciones es el de la transparencia y acceso a la información pública. Se observó que los funcionarios de atención al público no hablaban con claridad en cuanto a los esquemas de trabajo de los tribunales, y mostraban contradicciones en las órdenes sobre la continuidad o postergación de audiencias, situación que puede generar incertidumbre para los funcionarios, víctimas, demandantes, demandados e imputados.
El acceso a la información pública es un derecho consagrado en la constitución que otorga la posibilidad de que toda persona pueda acceder a datos considerados no confidenciales sobre temas de interés público o que de alguna forma afecten su calidad de vida.
Esta solicitud de información a los organismos gubernamentales puede realizarse de manera individual o colectiva; así que si una víctima requiera acceso a información de su caso o de alguna demanda pública y está fuera del los días laborales o del rango de horario, se ve afectada en su proceso legal y en su calidad de vida.
No es la primera vez que en Venezuela, el gobierno reduce la jornada laboral a causa de la “emergencia climática”. Ya en 2016 y 2018 el presidente Nicolás Maduro, había alertado sobre la reducción del caudal en la hidroeléctrica Guri, que genera 80% de la energía al país, por la sequía. 2.
Durante la pandemia generada por COVID-19, en 2020, también hubo restricción de las actividades. En esa oportunidad el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), decidió cerrar el grueso de los juzgados y suspender los lapsos procesales, en acatamiento al estado de alarma decretado por el Gobierno. Solamente algunos tribunales penales permanecieron de guardia para atender asuntos urgentes. Durante esos meses se usaron “medios telemáticos” para atender algunos casos. 3.
El cambio climático es un problema real, es responsabilidad del Estado atender a las vulnerabilidades que genera y desarrollar políticas públicas que realmente resguarden y promuevan los derechos de la ciudadanía.
- VTV, 23 de marzo de 2025. Administración Pública Nacional ajusta horario laboral ante emergencia climática. Recuperado en https://www.vtv.gob.ve/administracion-publica-nacional-ajusta-horario-laboral-ante-emergencia-climatica/[↩]
- DW, 24 de marzo de 2025. Venezuela reduce jornada laboral estatal debido a sequía. Recuperado en https://www.dw.com/es/venezuela-reduce-jornada-laboral-estatal-debido-a-sequ%C3%ADa/a-72014294#:~:text=El%20gobierno%20de%20Venezuela%20anunci%C3%B3,energ%C3%ADa%20el%C3%A9ctrica%20en%20el%20pa%C3%ADs [↩]
- Acceso a la Justicia, 28 de enero de 2021. Apertura judicial 2021: justicia paralizada en 2020. Recuperado en https://accesoalajusticia.org/apertura-judicial-2021-justicia-paralizada-en-2020/[↩]
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