Informe 2005: Situación del derecho a la libertad de expresión e información en Venezuela

Facebook
Twitter
LinkedIn

Escribo estas breves palabras a título de Prólogo para la publicación del Informe 2005. Situación del derecho a la Libertad de Expresión e Información.

El hecho de que este informe lo elaboren dos personas vinculadas al mundo de los derechos humanos nos parece de gran importancia. Carlos Correa, quien dirigió a Provea, una de las más conocidas y serias organi- zaciones no gubernamentales (ONG) de derechos humanos; y Andrés Cañizález, quien además de haber sido director del IPYS hasta el 2005, trabajó en el equipo de investigadores del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB). También es relevante el respaldo que de forma consistente le ha brindado la Fundación Konrad Adenauer a esta iniciativa.

La cronología sobre los acontecimientos relacionados con la libertad de expresión representa un esfuerzo de documentación objetiva muy impor- tante sobre todos los eventos relacionados con este derecho ocurridos en Venezuela durante 2005. Es verdaderamente impresionante constatar en este documento, a posteriori, la cantidad de informaciones sobre hechos que ocurren día a día en nuestro país y que afectan la libertad de expresión en sus diversas dimensiones y que a veces no logramos percibir en su totalidad.

Este informe cuenta con una serie de indicadores propuestos y usados por los autores, que reúnen los diversos tipos de violaciones a la libertad de expresión, cuyo contenido es definido a los fines del trabajo presentado y agrupados en: agresión, ataque, amenaza, censura, intimidación, hostiga- miento judicial, hostigamiento verbal, restricciones legales, restricciones administrativas y muerte. Estos tipos aplicados a la investigación permi- ten una visualización de las diversas violaciones a la libertad de expresión, aunque hay que reconocer que algunos no están definidos con precisión o agrupan categorías de hechos no agrupables. Este estudio permite apre- ciar una política de Estado contra la libertad de expresión, que se inicia con el hostigamiento verbal por autoridades y otros agentes del Estado o partidarios del gobierno; continúa en ataques y agresiones a los periodis- tas y medios, por parte de agentes del Estado y partidarios del oficialismo; prosigue con restricciones legales; censuras; intimidación; hostigamiento judicial; y las restricciones administrativas.

El informe da cuenta de los diversos procedimientos contra los me- dios por parte de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel); y los efectos de la aplicación de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, la cual fue propuesta por el gobierno como “alicate” contra los medios, y que ha sido condenada por su carácter restrictivo, no sólo por Ongs nacionales, sino por las internacionales, como Human Rights Watch, así como por la Relatoría para la Libertad de Expresión y la pro- pia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante diversos comunicados y sus informes sobre Venezuela.

Un tema que merece mayor atención es el de las “cadenas” nacionales de radio y televisión, que impone a la sociedad venezolana el Ejecutivo Nacional de manera abusiva y parcializada, incluso para transmitir mensa- jes políticos de naturaleza partidista. Sobre el particular se ha pronunciado en contra, no sólo el Relator de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para la Libertad de Expresión, sino además la CIDH en su Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Venezuela, a las cuales calificó de “abusivas”, porque pueden configurar una forma de censura.

Finalmente, es necesario resaltar que el Estado venezolano ha incumplido tanto las medidas cautelares adoptadas en su momento por la CIDH, como las medidas provisionales adoptadas por la Corte IDH para la protección a la vida, la integridad personal y la libertad de expresión de los periodistas y demás trabajadores que laboran en medios de comunicación social. En este sentido, el Estado no sólo no les ha brindado una protección planificada y consentida para evitar nuevos ataques y agresiones, sino que no ha llevado a cabo las investigaciones para identificar a los responsables y sancionarlos legalmente. Es esta impunidad la que conllevó a un círculo vicioso de violencia verbal y física contra los periodistas en Venezuela.

Se pueden tener diferencias con algunos aspectos de los juicios ex- puestos en este informe, pero lo que resulta como conclusión del mismo es que los hechos no aparecen aislados de la problemática del contexto en el cual se dan: un modelo de Estado que resulta cada día más incompatible con el ejercicio de la libertad de expresión en una sociedad democrática.

En efecto, la situación de la libertad de expresión en Venezuela como se desprende del Informe 2005 que aquí se publica (y los primeros meses del año 2006, al momento de escribirse estas líneas), puede calificarse de “altamente preocupante”. Ya no se puede afirmar, como en años anteriores, que –a pesar de los ataques y amenazas- no ha habido periodistas presos ni medios de comunicación cerrados. Así lo confirman las detenciones de los periodistas Gustavo Azócar e Ibéyise Pacheco; y los cierres temporales de diarios y emisoras radiales.

Hasta el año 2003 y más claramente hasta el 2004, los ataques más re- levantes habían consistido en agresiones físicas y morales contra periodis- tas, reporteros gráficos, camarógrafos, asistentes de cámara, editores, di- rectivos y medios de comunicación social. Sin embargo, desde el año 2001 se fue configurando un marco jurídico general, restrictivo a la libertad de expresión, que comenzó con la sentencia 1013 de la Sala Cons- titucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), y se consolidó con la sentencia 1942 del mismo Tribunal, que validó la censura previa y los de- litos de desacato. Este marco jurídico, que no sólo valida los delitos de opinión sino que los amplía, es abiertamente contrario a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art.13) y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en los caso B. Ivcher, La Última Tentación de Cristo, Mauricio Herrera, Ricardo Cannese y Palambara. Además de ello, hay que recordar que en el año 2004 el TSJ declaró la constitucionalidad de la colegiación obligatoria de periodistas, en contravención de la interpretación en contrario establecida por la Corte IDH en su Opinión Consultiva OC 5/85, La Colegiación Obligatoria de Periodistas. (Arts. 13 y 29 Convención Americana Sobre Derechos Humanos).

Ese marco jurídico fue desarrollado por la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (LRSRT), que estableció restricciones ambi- guas a la programación basadas en elementos de lenguaje, sexo y violen- cia, a juicio de la autoridad administrativa, con facultades para imponer sanciones monetarias desproporcionadas y de cierre temporal o definiti- vo, e incluso la censura previa de programas. Este marco jurídico fue pro- fundizado con la modificación del Código Penal, mediante la cual se in- cluyeron nuevos delitos de opinión y los existentes, como el vilipendio o desacato, fueron gravados mediante el aumento de las penas, los fun- cionarios protegidos y el debido proceso. Este marco jurídico ha sido acompañado por un grave debilitamiento del Estado de Derecho en Venezuela, mediante la toma de control del TSJ, a través de la Ley res- pectiva que entró en vigencia en el 2004; la existencia de un porcentaje mayoritario de jueces provisionales sin estabilidad; y un Ministerio Público con una altísima cantidad de fiscales de libre nombramiento y re- moción; acompañado de otras instituciones con escasa existencia real o in- dependencia, como la Contraloría General de la República y la Defen- soría del Pueblo. En ese marco jurídico era predecible la utilización de re- cursos judiciales contra periodistas, directores y medios de comunicación; el cierre temporal de medios, y el hostigamiento constante de éstos a tra- vés de procedimientos administrativos (Conatel), tributarios (Seniat), de- nuncias penales, juicios civiles y amparos constitucionales.

En este sentido, en el presente informe se evidencian para 2005 las siguientes líneas características del deterioro de la libertad de expresión en Venezuela:

1. Marco jurídico

En 2005 entró en vigencia la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, como se dijo, para aumentar y agravar los delitos de opinión, in- cluidos los delitos de desacato. Asimismo fue modificada parcialmente la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (LRSRT), a fin de obligar a las compañías de servicios de difusión por suscripción a incluir los canales y emisoras de radio del Estado en su oferta de progra- mación.

Con relación a los efectos de la censura auto-impuesta por algunos medios, como consecuencia de la aplicación de la LRSRT, es de hacer no- tar que durante 2005 se registró una reducción significativa de poco más de 10 horas de los tiempos dedicados a los programas de información y opinión en los principales canales de televisión privados.

2. Ataques físicos y morales contra periodistas, directores y medios de comunicación social

Durante el año 2005 continuaron los ataques verbales y las amenazas contra periodistas, directores y medios de comunicación social que no apoyan al gobierno. Los ataques físicos contra éstos continuaron, aunque se detectaron reducciones.

Uno de los casos más representativos de la agresión y la censura du- rante el año 2005 fue el perpetrado por miembros de seguridad del presi- dente de la República, cuando irrumpieron en el edificio sede de la Cadena Capriles, empresa editorial propietaria de los diario Últimas Noticias, El Mundo, Líder y Urbe, para llevarse preso al reportero gráfico César Palacios, quien fotografió cómo eran reprendidos varios simpati- zantes del jefe de Estado que cruzaron el cerco de seguridad del presi- dente, para acercarse más al mandatario a la salida de un acto oficial en el Panteón Nacional. Lo insólito resultó ser cómo el periodista fue identifi- cado en la sede del periódico por uno de sus superiores, y cómo se le con- fiscó la memoria fotográfica sin protesta alguna del medio.

3. Hostigamiento Judicial

En 2005 se inició claramente un proceso de judicialización y crimina- lización de los casos. Se anunciaron y abrieron nuevos juicios, por los de- litos de opinión tipificados en el Código Penal, como difamación, vili- pendio e injuria. Es importante destacar que aunque la mayoría de estas acciones fueron ejecutadas por el Ministerio Público, también se iniciaron juicios privados por difamación por parte de funcionarios públicos e in- cluso particulares. Por ello, este informe reporta que durante 2005 el hos- tigamiento judicial fue la segunda violación más frecuente. Uno de los ca- sos que causó mayor impacto fue la investigación que anunció el fiscal ge- neral de la República Isaías Rodríguez, con motivo del editorial “Justicia Arrodillada” del diario El Universal.

Pero frente a este hostigamiento judicial es importante contrastar la impunidad que persiste en las investigaciones de la muerte del reportero gráfico Jorge Tortoza y del periodista Mauro Marcano, así como de las agresiones contra periodistas y medios de comunicación, a pesar de los continuos requerimientos de la Corte IDH en sus diversas medidas provi- sionales (RCTV, Globovisión, Marta Colomina, El Nacional y Así es la Noticia).

4. Censura, cierre y restricciones

Durante 2005, el Estado siguió utilizando los mecanismos de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) para abrir procedi- mientos y sancionar a los medios de comunicación, en circunstancias que han sido cuestionadas por la falta de certeza, transparencia y respeto al de- bido proceso.

Pero lo que comenzó a ser característico de ese año fue la utilización del mecanismo tributario para sancionar y cerrar temporalmente varios medios de comunicación, en clara retaliación por sus líneas editoriales. En este sentido, el informe relata cómo el Servicio Nacional de Adminis- tración Integral Aduanera y Tributaria (Seniat) cerró y multó a varios medios de comunicación nacionales y regionales por incumplimientos formales en los libros o registros de impuestos. Además del caso del cie- rre del diario El Impulso de la ciudad de Barquisimeto, es sintomático lo ocurrido en todo el estado Bolívar, donde fueron cerrados por el Seniat simultáneamente casi todos los medios de esa entidad: los diarios El Progreso, El Expreso, El Diario de Guayana y Nueva Prensa, y las emisoras radiales FM Bolivariana 104.3, Alegre 101.5 FM, y Eléctrica FM.

Terminamos este prólogo felicitando sinceramente a Carlos Correa y Andrés Cañizález por la publicación de este nuevo Informe 2005. Situa- ción del derecho a la Libertad de Expresión e Información, el cual contribuye ciertamente a enriquecer el debate nacional e internacional sobre el tema. Pensamos que con la situación actual de la libertad de ex- presión en Venezuela no sólo está en juego este derecho, sino la defensa de los demás derechos y de la democracia misma. No olvidemos que con- forme a la Carta Democrática Interamericana, adoptada el 11 de sep- tiembre de 2001 por los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos, la libertad de expresión es un componente fundamental del ejer- cicio de la democracia.

Carlos Ayala Corao

Profesor de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB). Ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.