El ciudadano Carlos Julio Rojas fue detenido el 6 de julio por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional en razón de su labor periodística y su activismo social en el sector de La Candelaria, zona popular de Caracas. El 9 de julio el tribunal militar segundo de control dictó medida privativa de libertad contra él por los delitos de traición a la patria, rebelión militar y sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.
Asimismo, los ciudadanos Alberto Cabrera y Antonio Medina, ambos periodistas del partido político Voluntad Popular, fueron detenidos el 26 de julio y llevados desde las 10 de la mañana del viernes 28 de julio al Tribunal Militar 18 de Control. No fue hasta las 4 de la tarde que comenzó su audiencia de presentación y a las 10 de la noche del mismo viernes se dictó medida privativa de libertad por los delitos de Rebelión militar, ultraje al centinela y menosprecio a la FAN, ambos fueron trasladados a la cárcel militar de Santa Ana, en San Cristóbal.
Espacio Público reitera su postura en contra del enjuiciamiento de civiles por la Jurisdicción Militar, debido a que la misma no es aplicable a civiles. Estos tribunales no gozan de las garantías fundamentales de la judicatura, como son la autonomía, independencia e imparcialidad; lo cual resulta violatorio del derecho al debido proceso, contenido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
El Código Orgánico de Justicia Militar establece en su artículo 28 la vinculación de la jurisdicción militar con el Poder Ejecutivo. Esta dependencia del Ejecutivo viola el principio de separación de poderes y pone de relieve la clara falta de independencia por parte de los jueces que conforman esta jurisdicción. Este criterio fue adoptado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Castillo Petruzzi vs. Perú en el cual un civil fue procesado por un delito de naturaleza militar ante un tribunal militar. Rechazamos que el Estado venezolano continúe sometiendo a la jurisdicción militar a civiles, violando la Constitución Nacional y la jurisprudencia internacional.
Como organización protectora y promotora del Derecho a la Libertad de Expresión y del derecho a la participación, sentamos una postura firme en contra del uso de la jurisdicción militar contra civiles, debido a su naturaleza parcial y violatoria al debido proceso. En especial cuando la misma es utilizada como arma para violentar, acallar y castigar el ejercicio profesional de periodismo, actividad que va de la mano con la libertad de expresión por naturaleza y excelencia, y que además es estrictamente necesaria para la existencia de una sociedad democrática.
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