Espacio Público rechaza censura del TSJ por muerte de Concejal de Apure

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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió un comunicado este lunes 18 de septiembre en el que solicitan a la dirigencia política abstenerse de emitir opiniones en torno a la muerte del concejal en el estado Apure por Primero Justicia (PJ), Carlos Andrés García. El concejal estuvo detenido desde el 17 de diciembre de 2016 en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), en la entidad apureña, tenía una medida de casa por cárcel y la misma no fue ejecutada por los funcionarios del SEBIN.

Bajo la excusa de esclarecer los hechos, el TSJ instó a “la dirigencia política del país, abstenerse de emitir opiniones irresponsables con informaciones falsas y con el único objetivo de causar alarma en la población”, por “ser contrario a nuestro deber de respetar cristianamente la memoria de este ciudadano venezolano”.

Entre las atribuciones constitucionales del TSJ no está la de emitir comunicados en los que se prohíba el debate de temas de interés público. La alarma se produce porque el Estado venezolano es incapaz de garantizar la integridad y salud de las personas que mantiene recluidas en instituciones públicas, no por el debate público sobre estas políticas. Es un contrasentido limitar el debate en torno a este lamentable hecho. El TSJ adelantó opinión que pretende librar las responsabilidades de los funcionarios que debían garantizar la atención médica oportuna para evitar la muerte del concejal Carlos Andrés García.

Debatir no genera alarma; la censura mediante “comunicados”, sí

El artículo 57 de la Constitución señala que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus ideas sin ningún mecanismo de censura. Asimismo, el artículo 58 de la Carta Magna protege el derecho a la información veraz, imparcial y sin censura. La libertad de expresión, además, adquiere mayor protección sobre temas de interés público, entre ellos, la discusión sobre la responsabilidad del Estado por violación de derechos humanos de sus detenidos.

El Tribunal Supremo de Justicia mediante este comunicado pretende silenciar el debate del caso del concejal Carlos Andrés García, con lo cual cualquier opinión política (extra-proceso) bastaría para ordenar de qué se puede hablar en Venezuela y bajo qué límites. El TSJ se extralimitó gravemente en sus competencias constitucionales, pues no puede sino emitir sentencias en el marco de las garantías del debido proceso, donde la censura no puede establecerla ningún órgano del Estado.

Desde Espacio Público exigimos al Estado venezolano:

  1. Retirar el comunicado que pretende censurar previamente la discusión del caso del concejal.
  2. Reconocer públicamente su extralimitación y garantizar el debate público del caso.
  3. Realizar una investigación de oficio, seria, imparcial y expedita que tienda al esclarecimiento de los hechos del caso del concejal y a establecer las responsabilidades a que haya lugar, garantizando siempre el derecho a la libertad de expresión.

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