Espacio Público apeló decisión de sobreseimiento en el caso de agresiones a los periodistas de Cadena Capriles

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logo_espaciopublicoEl día 10 de diciembre de 2013, Espacio Público en representación de las víctimas de los hechos violentos y agresiones a periodistas de la Cadena  Capriles del 13.08.09,  apeló la sentencia dictada  por el  Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en donde se declaró la nulidad absoluta de la acusación realizada por el Ministerio Público a los responsables, así como de todos los actos de investigación, decretando  el sobreseimiento de la causa. 

El 13 de agosto de 2009, en una manifestación pacífica, periodistas de la Cadena Capriles resultaron  víctimas  de las agresiones por parte de algunos trabajadores de Ávila TV, y la Fundación Simón Rodríguez. El Ministerio Público logró recoger durante los primeros días de investigación evidencias suficientes para determinar los responsables, declaraciones de numerosos  testigos, videos y fotografías, en donde quedan claramente identificados a los agresores. El Ministerio Público presentó en diciembre de 2012, más de tres años después de los hechos, el documento de acusación señalando a tres presuntos responsables.

El Tribunal llevó a cabo la audiencia preliminar el 08 de julio de 2013, y determinó que el Ministerio Público no había presentado en su escrito de acusación relaciones claras y precisas con respecto a los tres presuntos responsables, solicitando un documento corregido en donde se relacionaran los crímenes con cada uno de los imputados. El Ministerio Público no cumplió con dicha solicitud, lo que llevó a que el Juez dictara sentencia declarando la nulidad absoluta de la acusación interpuesta, así como de los actos de investigación realizados y decretando el sobreseimiento de la causa.

Espacio público, en representación legal de las víctimas, apeló en contra de dicha sentencia, alegando cuatro vicios presentes: violación al principio de oralidad, violación al principio de inmediación, falta de motivación de la sentencia, e inobservancia y errónea aplicación de normas jurídicas.

Con respecto a la violación al principio de oralidad, se argumentó que la sentencia fue dictada fuera de audiencia oral. De acuerdo con el COPP, las decisiones deben dictarse en audiencia, con presencia de las partes y pronunciarse al término de la audiencia  preliminar. Estos procedimientos no se llevaron a cabo por el Tribunal.

El principio de inmediación fue violentado ya que la que sentencia fue dictada por una nueva Jueza, Dra. Judith Trillo, quien fue designada para el caso sólo dos días antes de dictar la sentencia. Esta nueva Jueza nunca conoció ni escuchó a las partes, no presenció la audiencia preliminar inicial, y no se comprende cómo en sólo dos días de trabajo estudió un expediente con más de cinco cuerpos y 1500 páginas.

 

El tercer fundamento de la apelación fue la falta de motivación de la sentencia. La decisión, que tiene 34 páginas de largo, utilizó 31 para citar textualmente argumentos presentados en la audiencia preliminar, para luego, en tan sólo 3 folios argumentar y decidir todo el caso. No se presentaron argumentos jurídicos de ningún tipo para tomar la decisión; con una firma anuló todas las investigaciones y dictó el sobreseimiento del caso.

Por último, se argumentó la Inobservancia y errónea aplicación de normas jurídicas, ya que el caso no reúne causales para declarar la nulidad de todos los actos investigados, exigidos por los artículos 174 y 175 del COPP. Tampoco reúne los requisitos del artículo 300 del COPP para ocasionar el sobreseimiento de la causa, ya que efectivamente ocurrieron  agresiones contra las víctimas, existiendo  pruebas que confirman  lo ocurrido.

 

En este sentido, se le solicitó al Juzgado que se revoque la sentencia dictada y que se dicte una nueva decisión en la cual se admita la acusación del Ministerio Público y se de apertura un juicio oral y público. Se espera que en los próximos días se informe al Ministerio Público y a los imputados sobre la apelación y el caso se lleve a la Corte de Apelaciones para su decisión.

Espacio Público confía en que no queden impune las agresiones en contra los periodistas y se haga justicia, después de más de 4 años, recordando que actos como éstos no sólo afectan la integridad física de las víctimas, sino también el derecho a la libertad de expresión y a la libertad de manifestación pacífica.

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