La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictó sentencia en la cual ordena a Venezuela detener “la libre remoción y discrecional” remoción de los jueces provisorios, por ser acciones “violatorias de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana”
Asimismo, estableció que "el Estado venezolano deberá adecuar en un plazo razonable su legislación interna a la Convención Americana a través de la modificación de las normas y prácticas que consideran de libre remoción a los jueces provisorios, de conformidad con lo expuesto en la Sentencia".
El tribunal internacional dicto sentencia en el caso que seguía por el caso presentado por la juez María Cristina Reverón Trujillo contra Venezuela, luego de ser destituida de su cargo en 2002, al no ser restituida a pesar de reconocerse la irregularidad, a lo cual alegó el Tribunal Supremo de Justicia que no fue reubicado en su cargo por la “doctrina sobre el carácter de libre nombramiento y remoción de los jueces “provisorios”.