El próximo 24 de marzo se llevará a cabo en Washington la audiencia fijada por la CIDH en la cual López expondrá, en calidad de víctima, “la inconstitucionalidad de las sanciones administrativas” impuestas por la Contraloría General de la República, en la aplicación del artículo 105°.
La información se conoció por el mismo Leopoldo, quien en rueda de prensa expresó que la suspensión de sus derechos políticos se hizo sin que haya mediado un juicio ni exista sentencia de un tribunal por los hechos que se le acusan, violando los artículos 42 y 45 de la Constitución venezolana y los artículo 8, 23 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establecen que ningún ciudadano puede ser inhabilitado sin una sentencia firme de un tribunal penal.
Fuente: El Universal
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