
Selección arbitraria del CNAC está fuera de la ley

Según el artículo 71 del reglamento de la Ley de la Cinematografía Nacional, “La programación del cortometraje estará asociada a una película escogida, de mutuo acuerdo, entre el Centro Nacional Autónomo de Cinematografía, el productor y el exhibidor”. En este caso los realizadores de la película no fueron consultados sobre la escogencia del corto, explican que fue una “orden emitida por el CNAC al distribuidor CINES UNIDOS de manera telefónica, con carácter obligatorio”.