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El voto, una expresión democrática (I): del dicho

Dibujo de Samantha Gabriela Díaz, ganadora de un concurso promovido por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (IEPAC), México

“Suelta tus ideas que llegó la hora”1

Todos los venezolanos tenemos derecho a decidir sobre los asuntos públicos de nuestro país2. Esta capacidad podemos y debemos ejercerla de varias maneras, una de ellas, postulándonos para facilitar la gestión de lo público o escogiendo a otra persona para que administre la cosa común en nombre de sus conciudadanos.

A través del voto cada uno da cuenta del sistema político que apoya, del plan de gobierno que considera más adecuado para el desarrollo de su país (comunidad, municipio, ciudad o estado) y de quién cree es la persona que puede concretar dicha propuesta.

El desarrollo de eventos electorales no se traduce en solidez democrática. El voto no es un cheque en blanco que permite a los beneficiados con la preferencia de la mayoría gobernar con propósito y sin él. La independencia de los poderes es el contrapeso que garantiza que los electos cumplan con las responsabilidades del rol para el cual fueron escogidos.

De este último balance de fuerzas, depende la vigencia de la democracia. El sufragio es un ejercicio de participación que nunca implica renunciar a la voz propia (o colegiada, en tanto colectiva) ni tampoco subordinación. Exige contraloría y debate público de los ciudadanos y de los poderes, transparencia y escucha.

Así que cuando alguien dice que habla por todos, generalmente, habla por él; en este sentido al estribillo de “cuando digo soy, digo somos”, habría que añadirle: “hablas por tí, a mí tienes que preguntarme”, y acto seguido dejarle claro lo siguiente3:

Cuando digo soy, demuestro que aquí estoy

La Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, La Convención Americana sobre Derechos Humanos y nuestra propia Constitución4, enumeran las condiciones básicas que deben ser cumplidas para garantizar la transparencia del acto electoral y la veracidad de los resultados:

Continúa en: El voto, una expresión democrática (II): al hecho

  1. Los subtítulos son parte de la letra de Cuando digo soy, quiero decir somos, de Truko, Wiliam Alvarado, Eduardo González. Recuperado de https://educacionmusicalvenezuela.blogspot.com/2017/04/cuando-digo-soy-quiero-decir-somos.html []
  2. Artículo 64. Son electores o electoras todos los venezolanos y venezolanas que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política.

    El voto para las elecciones municipales y parroquiales y estadales se hará extensivo a los extranjeros o extranjeras que hayan cumplido dieciocho años de edad, con más de diez años de residencia en el país, con las limitaciones establecidas en esta Constitución y en la ley, y que no estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política: http://www.asambleanacional.gob.ve/documentos_archivos/constitucion-nacional-7.pdf[]
  3. Fletes Arjona, M. (2014). Las elecciones y el sufragio: sus características constitucionales. Brevísimos apuntes para su conocimiento. Recuperado de https://marcofa1.wordpress.com/2014/03/11/las-elecciones-y-el-sufragio-sus-caracteristicas-constitucionales-brevisimos-apuntes-para-su-conocimiento/#_edn10 []
  4. Artículo 63. El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional: http://www.asambleanacional.gob.ve/documentos_archivos/constitucion-nacional-7.pdf []
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