Icono del sitio Espacio Público

Revisión del celular: control a la orden del día

Santiago, quien iba en un carrito por puesto, contó que bajaron a todos los pasajeros de la unidad y a él le revisaron el teléfono celular, algunos chats al azar, palabras claves, estados de WhatsApp de otras personas e intentaron abrir Instagram y Facebook. Él había cerrado sesión en todo y los funcionarios no le solicitaron que las abriera. 

Lo primero que hicieron fue pedirle su nombre, la cédula y la contraseña del teléfono. Se quedaron con el equipo durante un lapso de 10 minutos. También revisaron la galería de fotos, pero en esa aplicación no se tardaron mucho tiempo.

Ese episodio ocurrió en Ciudad Guayana, al sur del país. Pero hay denuncias en Caracas, Valencia, Anzoátegui.  Casos que llegaron a través de reportes de periodistas aliados que están haciendo coberturas y seguimiento a los sucesos que acontecen en Venezuela, a propósito de la detención de Nicolás Maduro y su esposa Cilia Flores, la madrugada del 3 de enero de 2026.

Está prohibido que un funcionario/a te pida o revise tu teléfono sin una orden judicial.

El artículo 48 de la Constitución venezolana establece como un derecho la privacidad en el ámbito comunicacional, y los artículos 57 y 58 reafirman la libertad de expresión.

No obstante, los teléfonos celulares, y en menor medida computadoras, cámaras fotográficas y equipos con información personal o laboral son el blanco de funcionarios/as durante acontecimientos tensos, políticamente hablando.

De hecho en las redes sociales se difunden prácticas o conductas abusivas por parte de autoridades públicas. Estos eventos se han documentado en diferentes momentos convulsivos en el país. 

En Espacio Público registramos entre el año 2020 y 2021 (hasta agosto) 31 casos: 18 confiscaciones ejecutadas y 13 episodios de amenazas o intentos violentos de revisión de equipos. La mayoría de las personas afectadas fueron periodistas y reporteros/as (24), seguidos de particulares. 1.

En coberturas de protestas, por ejemplo, es una práctica que policías, militares y hasta cuerpos paramilitares (los llamados colectivos) obliguen a periodistas, reporteros/as, infociudadanos/as o particulares a borrar material o revisan directamente los equipos, en abierta violación del derecho a la privacidad, a la protección de datos, libertad de expresión e información, e incluso con implicaciones en el derecho a la propiedad.

¿Amparados ante la ley? 

Más arriba citamos el artículo 57 de la carta magna, que establece que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus ideas, pensamientos u opiniones de viva voz. Para ello se puede hacer uso de cualquier medio de comunicación sin que se pueda establecer censura. Eso sí, estas expresiones no deben ser bajo el anonimato. También mencionamos el artículo 58 que señala que la comunicación es libre y plural

Sin embargo, tras la declaratoria de Estado de Conmoción Exterior contenida en el Decreto N.º 5.200, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.954 del 3 de enero de 2026, que establece un régimen de excepción que otorga facultades amplias al Poder Ejecutivo, se evidencia una afectación grave al derecho a la libertad de expresión y al derecho a la información en Venezuela. 

El decreto incorpora disposiciones que, aunque formuladas en clave de “seguridad” y “defensa”, tienen un efecto directo sobre el ejercicio de derechos comunicacionales, el trabajo periodístico y el espacio cívico.

Pero uno de los aspectos que eleva preocupación, desde la perspectiva de la libertad de expresión, se encuentra en el artículo 5, que ordena a los órganos de policía “la búsqueda y captura en todo el territorio nacional de toda persona involucrada en la promoción o apoyo del ataque armado de Estados Unidos de América contra el territorio de la República”, para su puesta a la orden del Ministerio Público y del sistema de justicia penal. 

El texto no define qué debe entenderse por “promoción” o “apoyo” ni establece una exigencia explícita de vínculo material, directo e intencional con la comisión de actos bélicos. Esta ambigüedad abre la puerta a que opiniones, informaciones, análisis críticos o incluso coberturas periodísticas sobre actores internacionales sean leídos como “apoyo” al agresor.

Vulnera derechos humanos

Ya con la Ley Simón Bolívar Contra el Bloqueo, vimos que se consolidó un entorno hostil para la libertad de expresión, la participación política y el acceso a la información.

Esa ley contempla sanciones desmedidas y centralización del control estatal sobre la narrativa pública, lo que evidentemente representa un grave retroceso en los derechos fundamentales.

Ahora, esta indeterminación normativa del reciente decreto en un contexto de conflicto y alta polarización, puede servir para justificar la persecución penal de periodistas, defensores de derechos humanos, opositores políticos y usuarios de redes sociales que difundan informaciones incómodas para el poder, generando un clima de miedo y autocensura generalizada.

En Venezuela, millones de personas dependen de los teléfonos móviles y las aplicaciones para informarse, trabajar y mantener vínculos con familiares en el exterior, la amenaza de revisión o de incautación, de eliminación de material privado no solo vulnera derechos humanos, sino que profundiza el aislamiento ciudadano y refuerza un clima de autocensura y miedo.

En la práctica, medidas de revisión, de borrar material, de incautar equipos tendrían consecuencias graves: limitarían la comunicación cotidiana, debilitarían la organización social y consolidarán un entorno de silencio impuesto.

¿Qué hacer?

En caso de que algún funcionario de seguridad pida revisar su equipo, tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:

  1. Espacio Público, 16 de diciembre de 2021. Revisión ilegal de equipos: Lo que debes saber y hacer. Recuperado en https://espaciopublico.ong/revision-ilegal-de-equipos-lo-que-debes-saber-y-hacer/ []
Salir de la versión móvil