CONATEL estableció que dicha cuña podría contravenir lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, el cual establece que no está permitida la publicidad que estimule prácticas o hechos que violen la legislación en materia de tránsito y transporte. Según el análisis del órgano regulador, dicha publicidad podría estimular el uso de equipos e instrumentos electrónicos mientras se conduce.
Ana Cristina Núñez, abogada del canal, indicó: “las pruebas demuestran que la publicidad no viola la legislación. Además, Tves también lo difundió y no fue incluida en la sanción. Una vez más se ve la discriminación gubernamental”.