Para entender esta legislación, hay que marcar diferencia entre una iniciativa comunicativa asociada a organizaciones, grupos sociales e instituciones sin fines de lucro y los medios de carácter estatal y de carácter privado, dada la posibilidad que otorga a la población al “acceso colectivo” a herramientas para la expresión de puntos de vista sobre diversos temas de interés de la gente en el país.
Cabe acotar que este tipo de medios son independientes de partidos políticos, y su sostenimiento debe realizarse sin que ello constituya una modalidad de control gubernamental, partidario o privado sobre sus líneas editoriales.
Durante la revisión, se encontraron algunos detalles que podrían dificultar el acceso a todo el colectivo nacional, como el establecimiento de la Vicepresidencia de la República como ente regulador del financiamiento y otorgamiento de licencias a los medios alternativos, hecho que bien podría prestarse a una parcialización de dichos procesos.
También se hace destacable la presencia repetida de términos como “hegemonía mediática, “dominación imperialista”, “oligarquía”, “canalla mediática nacional” y las siguientes palabras en la exposición de motivos: “nos declaramos comunicadores bolivarianos, antiimperialistas y socialistas”, chocando con el Principio de No Discriminación establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Debajo, los links para descargar tanto el proyecto de Ley de Comunicación para el Poder Popular como el análisis realizado.
Análisis de la propuesta de ley de Comunicación para el poder popular
Cuadro comparativo de la ley de medios alternativos y ley de comunicación para el poder popular