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Comunicado: CIDH expresa alarma sobre intimidación en Venezuela

CIDH expresa su alarma ante intimidación en Venezuela contra personas que acuden al Sistema Interamericano de Derechos Humanos

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su alarma ante los señalamientos, actos de intimidación y acciones de descrédito de las que son objeto algunas personas en Venezuela como consecuencia de ejercer su derecho a acudir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
La CIDH recibió información según la cual varias de las personas que acudieron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a exponer sobre diversos temas de derechos humanos en Venezuela, habrían sido señalados por altas autoridades del Estado, y se habría divulgado información específica sobre su ubicación en determinados días y horarios. Específicamente, el Presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, en el programa de televisión del canal del Estado VTV “Con el mazo dando” emitido el 11 de febrero de 2015, mencionó a las personas que iban a participar en audiencias de la Comisión en marzo. En el portal en Internet de dicho programa de televisión, esta información está publicada bajo el título ONG de la Extrema Derecha, cuadran con Comisionado de la CIDH, para sancionar el programa “Con el Mazo Dando”. Allí también se publican fotografías de seis defensores de derechos humanos, un logo de la Corte Interamericana, y, sobre la foto del Presidente de la Asamblea Nacional, una mira telescópica similar a la que se usa para apuntar a un blanco al utilizar un arma. Los artículos refieren a la participación de Marco Antonio Ponce, del Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVC); Rafael Uzcátegui, del Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA); Ligia Bolívar, del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB); Carlos Nietos, de Una Ventana para la Libertad; Rocío San Miguel, de Control Ciudadano; Carlos Correa, de Espacio Público; Liliana Ortega, del Comité de Familiares de las Víctimas de los sucesos ocurridos entre el 27 de febrero y los primeros días de marzo de 1989 (COFAVIC), en las audiencias de la Comisión.

Adicionalmente, esta semana, en el portal en Internet de Radio Sur TV y del programa “Con el Mazo Dando”, se publicó la fecha y la hora de llegada al aeropuerto de Caracas de varias personas que participaron en audiencias y otros eventos del 154 Período de Sesiones de la CIDH. En esta oportunidad, se reiteraron señalamientos contra las personas mencionadas en febrero, incluyendo Marco Ponce, Rafael Uzcátegui, Carlos Correa y Liliana Ortega, y también contra Humberto Prado, del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP); Aurelio Fernández Cochenzo, de Transparencia Venezuela; y Feliciano Reina, de CODEVIDA, bajo el título Marco Antonio Ponce (OVC) encabeza listado de las ONG que viajan a Washington DC y Miami para conspirar contra el Gobierno de Venezuela. El artículo señala que estas personas “salieron hacia el Imperio” e incluye una fotografía de una persona haciendo fila en el aeropuerto.

Igualmente la Comisión ha tenido conocimiento de que con anterioridad el presidente de la Asamblea Nacional y otros representantes gubernamentales de Venezuela han realizado declaraciones en contra de defensores y defensoras de derechos humanos por su papel en la observación y la denuncia de violaciones de derechos humanos en el país señalándolos de conspiradores, desestabilizadores, entre otros calificativos.

La Comisión Interamericana insta a los funcionarios públicos a abstenerse de realizar declaraciones que estigmaticen a defensores y defensoras o que sugieran que las organizaciones actúan de manera indebida o ilegal, solo por el hecho de realizar sus labores de promoción y defensa de los derechos humanos. Es absolutamente inaceptable cualquier tipo de acción de represalia que emprenda un Estado motivada por la participación o el accionar de personas u organizaciones ante los órganos del sistema interamericano, en ejercicio de sus derechos convencionales. Tal como lo establece el artículo 63 del Reglamento de la CIDH, los Estados deben “otorgar las garantías pertinentes a todas las personas que concurran a una audiencia o que durante ella suministren a la Comisión informaciones, testimonios o pruebas de cualquier carácter” y no pueden “enjuiciar a los testigos ni a los peritos, ni ejercer represalias contra ellos o sus familiares, a causa de sus declaraciones o dictámenes rendidos ante la Comisión”.

Fuente: 

Comunicado de Prensa CIHD

 

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