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Censurar la investigación agudiza la emergencia en tiempos de COVID-19

Espacio Público rechaza la criminalización de la investigación y difusión de información científica en el contexto de una pandemia, donde la producción y libre circulación de ideas es condición necesaria para la búsqueda de soluciones democráticas y pertinentes a la emergencia humanitaria compleja que sufre el país. 

El 13 de mayo, el vicepresidente del partido de gobierno, Diosdado Cabello, rechazó el informe publicado días antes por la Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales de Venezuela, en el que se analiza el estado actual de la COVID-19 en el país, con estimaciones basadas en modelos matemáticos que cuestionan la información oficial. En el programa “Con el mazo dando”, transmitido por televisión pública nacional, Cabello insta a la cuerpos de seguridad a ejercer acciones en contra de los autores del informe. El presidente de la anc llamó a aplicar un “tun tun”, “presumen que el gobierno miente”, refiriéndose a la práctica sistemática e indiscriminada de allanamientos y detenciones arbitrarias, que suelen acompañarse de otras violaciones a derechos humanos, como ha sucedido con frecuencia tras cuestionar y descalificar a políticos, periodistas, defensores de derechos humanos u otros sectores de la vida nacional que son considerados como “enemigos”. 

Con fecha 16 de abril de 2020, los Ministerios de Salud y Ciencia y Tecnología emitieron una resolución  (Gaceta Oficial No. 41.863 de 21 de abril de 2020), en la que condicionan la investigación científica sobre la COVID-19 a parámetros previos por el Estado en el marco del estado de alarma, los cuales atentan contra los derechos humanos asociados a la libertad académica y de expresión. En la resolución los entes ministeriales se atribuyen facultades para “establecer los lineamientos generales para el desarrollo de las investigaciones relacionadas al COVID-19”, así como para imponer una serie de requisitos como el “registro en la página web del Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología y ser aprobado por el Comité de Ética para la Investigación”. Asimismo, los ministerios definen un conjunto de “líneas prioritarias” a las cuales limitan la actividad científica.

En Venezuela impera una emergencia humanitaria compleja a la que se ha sumado la reciente pandemia global causada por la COVID-19. En este contexto el valor de la información y el discurso crítico, especialmente la investigación científica y académica de instituciones profesionales e independientes, constituye un pilar fundamental en la discusión democrática y permite la consecución de respuestas a los complejos desafíos que se ciernen sobre el país. 

Las acciones del Estado destinadas a desacreditar, condicionar o de algún modo castigar la más amplia participación de grupos e individuos relacionados a la ciencia vulneran gravemente los derechos a la autonomía académica, libertad de expresión, participación en asuntos públicos y acceso a la justicia protegidos en los artículos 109, 57, 58, 62 y 26 de la Constitución venezolana, y violan las obligaciones internacionales establecidas en los artículos 19, 25, 14 y 2.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Las garantías al derecho a la información y el acceso a la justicia no son suspendibles bajo ninguna circunstancia según el artículo 337 de la Constitución. 

El Estado carece de legitimidad democrática para determinar lo que se debe investigar. Esta lógica autoritaria de pretender controlar la “verdad de la pandemia” y sus impactos en una crisis humanitaria evidencia una política de silenciamiento que agrava la situación venezolana, y además encarna una insensibilidad pública frente a la desprotección y sufrimiento de las víctimas del país, especialmente de los grupos más vulnerables y discriminados por esta emergencia, desprovistos de cualquier tutela o buena intención de un Estado democrático.

En estas circunstancias no se exceptúan los derechos humanos, sino que rigen plenamente y comprometen al Estado y sus autoridades individualmente. Según los expertos de derechos humanos de Naciones Unidas, “las restricciones tomadas para responder al virus deben estar motivadas por objetivos legítimos de salud pública y no deben usarse simplemente para acallar la disidencia”. Por lo tanto, “recordamos urgentemente a los Estados que cualquier respuesta de emergencia al coronavirus debe ser proporcionada, necesaria y no discriminatoria. Alentamos a los Estados a mantenerse firmes en conservar un enfoque basado en los derechos humanos para regular esta pandemia a fin de facilitar el surgimiento de sociedades saludables protegiendo el estado de derecho y los derechos humanos”.

El Estado debe asumir la vigencia del Estado de Derecho y el monitoreo de la Alta Comisionada de Derechos Humanos, el sistema de protección de Naciones Unidas, la Comisión y Corte Interamericanas de Derechos Humanos, así como de todas las instituciones internacionales y nacionales democráticas del mundo, que unánimemente respaldan la importancia central de la libertad académica y de expresión al tiempo que llaman a potenciar las condiciones y garantías para su ejercicio efectivo. Como reconoce la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “en el contexto específico de pandemia, los Estados tienen el deber de incentivar la investigación aplicada, la innovación y la difusión de nuevas tecnologías científicas directamente aplicables a la lucha contra la propagación del patógeno”, por lo cual es alarmante sentar un precedente de criminalización contra los investigadores en el país. 

Espacio Público exige al Estado venezolano abstenerse de aplicar de facto esta resolución, así como cualquier orden o conducta en represalia a la investigación científica y a los derechos humanos, y llama a las autoridades públicas a involucrarse cuanto antes con la transición democrática que demanda el país de conformidad con la Constitución y las obligaciones internacionales soberanamente contraídas.

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