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TSJ admite análisis comparativo de leyes y rechaza pruebas de testigos en caso contra el Reglamento de la AN

TSJ2 El pasado 10 de diciembre de 2013 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió el análisis comparativo de leyes de América Latina y declaró inadmisibles las pruebas testimoniales promovidas por quienes intervinieron en el recurso de nulidad contra el Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional, con el objetivo de que se permita la entrada de todos los periodistas al Hemiciclo de sesiones. 

Espacio Público, el Colegio Nacional de Periodistas, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa, y un grupo de periodistas y ciudadanos, realizaron un recurso para pedir la nulidad de los artículo 56 y 66 del Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional, los cuales prohíben que los periodistas que no sean de ANTV ingresen al Salón de Sesiones del parlamento.

En el escrito de pruebas presentado se realizó un análisis comparativo sobre la regulación legal de la cobertura periodística parlamentaria en América Latina, el cual fue preparado por la Alianza Regional por la Libre Expresión e Información. Este documento demuestra cómo en todos los países de América Latina los periodistas de diversos medios de comunicación pueden entrar a sus respectivos parlamentos.

Además, se promovió la prueba testimonial de varios periodistas que han hecho cobertura de la fuente parlamentaria por largo tiempo, entre los cuales se encuentra Maru Morales, Hernán Lugo Galicia, Andrés Cañizalez, Janeth Yucra y Marvila Sánchez. Estos testimonios tenían como propósito probar que ANTV no transmite las sesiones de la Asamblea Nacional de forma veraz, sin cortes y sin censura como lo alega la representación de la República en el caso. Además, tenían por objetivo demostrar que los periodistas de los diferentes medios en ningún caso representan una amenaza para la seguridad y el orden parlamentario, tal y como lo afirmó igualmente la representación de la Asamblea Nacional en el juicio.

Al respecto de las pruebas presentadas, la Dra. Gladys Gutiérrez, presidenta del Juzgado de Sustanciación de la Sala Constitucional del TSJ, admitió el informe de legislación comparada pero rechazó las pruebas testimoniales por considerarlas “impertinentes”, por cuanto “los hechos que se pretenden probar con este medio, no inciden en la determinación de inconstitucionalidad de la norma impugnada”.

El caso fue pasado a la Sala Constitucional, la cual podrá fijar una audiencia o pasar directamente a decidir el caso dentro de los próximos días.

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